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2 de Marzo de 2026

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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Resolución 29/2026

RESOL-2026-29-APN-SICYT#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2026

VISTO el Expediente Nº EX-2025-138413500- -APN-DDYGDICYT#JGM del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente citado en el VISTO tramita la creación del PROGRAMA NACIONAL “SELLO CIENCIA ARGENTINA”.

Que, mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se adecuó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo en su Anexo II, dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, el de formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e incentivos necesarios para que el sector privado contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo científico, tecnológico e innovativo, y el de entender en la promoción y el impulso de la investigación, y en la aplicación, el financiamiento y la transferencia de los conocimientos científicos tecnológicos.

Que por su parte, se asignó a la SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, los objetivos de establecer espacios para la investigación científica y la innovación tecnológica, procurando la interacción y armonización entre ambas, y difundiendo, transfiriendo, y diseminando los conocimientos para su aprovechamiento en la actividad productiva; y de colaborar en la formulación de políticas y el establecimiento de mecanismos, instrumentos e incentivos para que el sector privado contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo científico, tecnológico e innovativo.

Que, el PROGRAMA NACIONAL “SELLO CIENCIA ARGENTINA” tiene como objetivo principal apoyar y fortalecer el proceso de creación, desarrollo y escalado de proyectos de base científica y tecnológica cuyo objetivo es llegar al mercado y de empresas innovadoras, mediante la provisión de beneficios en áreas clave a lo largo de sus diferentes etapas de madurez.

Que, a través de su implementación, el referido Programa busca aportar a la transformación del ecosistema de innovación argentino, fortaleciendo los procesos de innovación y mejorando el perfil productivo del país basado en el conocimiento.

Que, el conocimiento de los perfiles de proyectos, contribuirá al desarrollo de nuevas políticas públicas, estructuras institucionales e instrumentos de gestión más eficaces para apoyar la evolución y desarrollo de las empresas de base científico tecnológica (EBCT) en el territorio nacional, y mejorar el desempeño tecnológico del país.

Que, el ecosistema innovador de Argentina se caracteriza por el limitado peso de los sectores de media-alta tecnología en la generación de divisas; las dificultades de articulación de las instituciones y actores, procesos e instrumentos de vinculación y transferencia de conocimiento; y las bajas capacidades de absorción tecnológica de las empresas.

Que, en relación al punto anterior el sistema económico-productivo nacional incluye sectores tradicionales con baja incorporación de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en sus productos, servicios y modelos de negocios.

Que, por lo hasta aquí expuesto, la creación de este Programa y sus beneficios constituyen nuevas medidas destinadas al desarrollo de un entorno favorable para mejorar el perfil de I+D+i del ecosistema de innovación nacional.

Que, a los fines de ampliar el alcance de la iniciativa, se considera oportuno invitar a organismos de ciencia y tecnología, entidades, universidades públicas o privadas a adherir al referido Programa Nacional.

Que, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VINCULACIÓN Y TRANSFERENCIA de la SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA será el área a cargo de la ejecución de las acciones que se deriven de la implementación del Programa.

Que, la implementación del PROGRAMA NACIONAL “SELLO CIENCIA ARGENTINA” no implica erogación alguna para esta SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, han tomado la intervención de su competencia.

Que, la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre del 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la creación del PROGRAMA NACIONAL “SELLO CIENCIA ARGENTINA” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, cuyos objetivos, beneficios, criterios de evaluación y procedimiento para su adjudicación se encuentran detallados como ANEXO I (IF-2025-139441508-APN-DNVYT#JGM) de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Invítase a organismos de ciencia y tecnología, entidades, universidades públicas o privadas a adherir al Programa creado por el Artículo precedente, a través de la firma del modelo de Carta de Adhesión que se adjunta al presente Acto Administrativo como ANEXO II (IF-2025-139449865-APN-DNVYT#JGM).

ARTÍCULO 3°.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VINCULACIÓN Y TRANSFERENCIA de la SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, la ejecución de las acciones que se deriven de la implementación del Programa aprobado por el Artículo Primero.

ARTÍCULO 4º.- En caso de corresponder, las afectaciones presupuestarias serán determinadas en cada uno de los actos administrativos que se emitan para la implementación de acciones concretas que se lleven a cabo bajo el PROGRAMA NACIONAL SELLO CIENCIA ARGENTINA, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VINCULACIÓN Y TRANSFERENCIA.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese.

Darío Leandro Genua

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/03/2026 N° 11117/26 v. 02/03/2026

Fecha de publicación 02/03/2026