MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 52/2026
RESOL-2026-52-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2025-115284255-APN-DGDA#MEC y los Expedientes Nros. EX-2025-119751315-APN-DGDA#MEC y EX-2026-07767648-APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la firma INFINITY ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA (INFINITY ENERGY S.A.) ha solicitado la habilitación para operar en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Participante Comercializador, en el marco de lo establecido en las Resoluciones Nros. 61 del 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y 137 del 30 de noviembre de 1992 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y sus modificatorias y complementarias.
Que, mediante la Nota B-182387-1 del 21 de octubre de 2025 (IF-2025-119752873-APN-DGDA#MEC) vinculado en el EX-2025-119751315-APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) ha informado que INFINITY ENERGY S.A. ha presentado toda la información necesaria para la administración de sus transacciones, conforme lo establece el Punto 4 del Anexo 31 de Los Procedimientos.
Que, sobre la base de la información proporcionada por INFINITY ENERGY S.A., se considera cumplido el requisito de la existencia del patrimonio neto de la firma solicitante, conforme lo exige el Anexo 31 de Los Procedimientos y surge de la Nota NO-2026-12028947-APN-DNIE#MEC de fecha 3 de febrero de 2026.
Que INFINITY ENERGY S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la correspondiente solicitud fue publicada en el Boletín Oficial Nº 35.847 de fecha 6 de febrero de 2026, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso de la firma INFINITY ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA (INFINITY ENERGY S.A.) en calidad de Participante Comercializador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en este acto.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a INFINITY ENERGY S.A., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 04/03/2026 N° 11812/26 v. 04/03/2026
Fecha de publicación 04/03/2026