AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA SAN PEDRO
En el marco de la actuaciones administrativas que abajo se detallan, se notifica a los administrados lo resuelto por esta División Aduana de San Pedro: “...no habiendo la parte comparecido en el plazo conferido para contestar la misma, se lo DECLARA REBELDE en los términos del Artículo Nº1.105 del citado Código. PROSIGAN las presentes actuaciones según su estado, conforme lo establecido en el Artículo Nº1.105 del Código Aduanero y téngase presente que de acuerdo a lo normando por el Articulo Nº1.106 del citado Código “El rebelde podrá comparecer en cualquier estado del procedimiento, pero este no se retrotraerá. TÉNGASE por constituido el domicilio del causante, a los efectos del presente sumario contencioso, en la sede de esta División Aduana de San Pedro, Sección Administrativa, Financiera y Sumarios, cita en calle Miguel Porta Nº 1 de la Ciudad de San Pedro, Provincia de Buenos Aires (C.P. 2930) en donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias o resoluciones que se dictaren, en la forma prevista en el artículo 1.013 inc. h) del Código Aduanero, en los términos del artículo 1.004 del Citado Código. Notifíquese (Cfr. art. 1013 inc. i) y art. 1.037 inc. g) del Cód. Ad.).” Fdo.: Ing. Agr. Walter Germán Kissling - Administrador Aduana de San Pedro.
| ACTUACIÓN N°/ SUMARIO Nº | IMPUTADO | INFRACCIÓN ART. C.A. |
| 12631-196-2022 060-SC-24-2023/2 | SANTIESTEBAN ESTER GISELA D.N.I. N.º 40.148.291 | 986/987 |
| 17215-184-2022 060-SC-2-2025/6 | SAUCEDO JORGE ARIEL D.N.I. N.º 30.105.373 | 986 |
Walter German Kissling, Administrador de Aduana.
e. 10/03/2026 N° 13263/26 v. 10/03/2026
Fecha de publicación 10/03/2026