TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
El Tribunal Fiscal de la Nación, Sala E, Vocalía de la 14-ª Nominación, a cargo de la Dra. Claudia B. Sarquis (Vocal Subrogante), con sede en Adolfo Alsina 470, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por un (1) día en el marco de los autos caratulados “John Deere Water S.A. c/Dirección General de Aduanas s/recurso de apelación” Expte. Nro. 33.495-A. que se ha dictado la siguiente resolución: “Martes 24 de Febrero de 2026. Reunidos los Vocales miembros de la Sala “E”, Dra. Claudia B. Sarquis (Vocal subrogante), y Dres. Héctor Hugo Juárez y Juan Manuel Soria, con la presidencia del Sr. Vocal nombrado en segundo término, a fin de resolver en los autos caratulados: “John Deere Water S.A. c/Dirección General de Aduanas s/recurso de apelación” Expte. Nro. 33.495-A..….SE RESUELVE: 1.- Confirmar el artículo 1°) de la Resolución DE PRLA N° 3774/2012 dictada en la Actuación N° 12197-14079-2005, en cuanto condena a la firma “JOHN DEERE WATER SA” continuadora de PLASTRO ARGENTINA SA al pago de una multa por la comisión de la infracción prevista en el art. 970 del C.A., fijada en la suma de PESOS CUARENTA MIL CINCUENTA CON 16/100 ($ 40.050,16), con costas a la actora. 2.- Confirmar parcialmente el artículo 3°) de la Resolución DE PRLA N° 3774/2012, en cuanto a la exigencia tributaria formulada, la que se reduce, declarando que la importadora adeuda en concepto de tributos la suma de PESOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS CON ONCE ($ 26.700,11) en concepto de Derechos de Importación e IVA, con más los intereses en los términos del art. 794 del C.A. a partir del 26/05/2012 hasta la fecha del efectivo pago, con costas a la actora. 3.- Revocar parcialmente el art. 3°) de la Resolución DE PRLA N° 3774/2012, en cuanto a la exigencia del Derecho Adicional, las percepciones de IVA Adicional e Impuesto a las Ganancias, con costas por su orden. Regístrese, notifíquese al fisco nacional en el CUIT 33-69345023-9 y por Edictos a la firma recurrente “John Deere Walter SA” a publicarse en el Boletín Oficial por el término de un (1) día y en el Diario de Cuyo de la Provincia de San Juan por idéntico plazo y oportunamente devuélvanse las actuaciones administrativas a la Dirección General de Aduanas y archívese. Suscriben la presente los Dres. Claudia B. Sarquis – Vocal Subrogante-, Héctor H. Juárez y Juan Manuel Soria (Art. 1.162 CA). VOCALES.”
Miguel Nathan Licht, Vocal, Vocalía XIX Sala G Competencia Aduanera.
e. 16/03/2026 N° 12533/26 v. 16/03/2026
Fecha de publicación 16/03/2026