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17 de Marzo de 2026

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MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 291/2026

RESOL-2026-291-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2026

Visto el expediente EX-2025-81756224- -APN-DPRES#PFA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2026 formulado por la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina, ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito del Ministerio de Seguridad Nacional.

Que la ley 24.156, contiene en el capítulo III del título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que en el decreto 1776 del 29 de noviembre de 2007 se estableció que las obras sociales allí detalladas dependientes de las Fuerzas Armadas, de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, quedan comprendidas dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el artículo 3° del anexo al decreto 1731 del 7 de diciembre de 2004, resultándoles de aplicación en materia presupuestaria lo establecido en el capítulo III del título II de la ley 24.156.

Que obra en el expediente señalado, el informe de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2026 de la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina, ente del Sector Público Nacional, organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Seguridad Nacional, de acuerdo con el detalle que figura en los anexos I (IF-2026-19146392-APN-SSP#MEC) y II (IF-2026-18971948-APN-SSP#MEC) que integran esta medida.

ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de trescientos cuarenta y cinco mil seiscientos cuarenta y nueve millones novecientos noventa mil seiscientos sesenta y seis pesos ($ 345.649.990.666) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de trescientos cuarenta mil seiscientos noventa y nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y tres pesos ($ 340.699.652.243) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en la suma de cuatro mil novecientos cincuenta millones trescientos treinta y ocho mil cuatrocientos veintitrés pesos ($ 4.950.338.423), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2026-18971948-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de capital y fíjanse en la suma de cuatro mil novecientos cincuenta millones trescientos treinta y cuatro mil novecientos sesenta y seis pesos ($ 4.950.334.966) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 2° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2026 en la suma de tres mil cuatrocientos cincuenta y siete pesos ($ 3.457), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2026-18971948-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Andres Caputo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/03/2026 N° 15454/26 v. 17/03/2026

Fecha de publicación 17/03/2026