Edición del
26 de Marzo de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 78/2026

RESOL-2026-78-APN-INPI#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2026

VISTO el EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° EX-2026-25277605--APN-DO#INPI del registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), la Ley N° 24.481, el texto ordenado por Decreto N° 260 del 20 de marzo de 1996, modificada por Ley N° 27.444, y la Resolución INPI N° 75 de fecha 18 de marzo de 2026, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución INPI N° 75/23, se aprobó la actualización de la estructura arancelaria por los servicios que presta el organismo, con vigencia a partir del 1° de abril de 2026.

Qué asimismo, por la Resolución citada se creó la UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (UMAPI), con aplicación efectiva a partir del 1° de mayo de 2026.

Que se ha detectado, en el ANEXO (IF-2026-28133493-APN-INPI#MEC) que forma parte integrante de la Resolución, un error de tipeo en virtud del cual se consignó en forma incorrecta el arancel y el UMAPI correspondiente al Ítem 331800 (MODELOS DE UTILIDAD - PEDIDO DE EXAMEN DE FONDO HASTA DIEZ (10) REIVINDICACIONES), resultando necesario proceder a su rectificación.

Que a los efectos de un más fácil empleo por los usuarios se sustituye el ANEXO (IF-2026-28133493-APN-INPI#MEC) de la Resolución INPI N°75/23 por el que aquí se incorpora con la totalidad de los aranceles y UMAPIS y la rectificación citada.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Articulo 92, inciso d) de la Ley Nº24.481 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.– Rectifíquese el importe y cantidad de UMAPIS consignado en el arancel 331800 (MODELOS DE UTILIDAD - PEDIDO DE EXAMEN DE FONDO HASTA DIEZ (10) REIVINDICACIONES) a la suma de $79.920 y UMAPIS 222.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el ANEXO IF-2026-28133493-APN-INPI#MEC de la Resolución INPI N° 75 de fecha 18 de marzo de 2026, referenciado en los artículos 1°, 3°,4°, 6° y 7° del mencionado acto, por el ANEXO IF-2026-29248844-APN-INPI#MEC, que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º. Mantiénese vigente en todos sus términos, con excepción de lo dispuesto por el artículo 1° de la presente, la Resolución INPI N° 75 de fecha 18 de marzo de 2026.

ARTÍCULO 4º.– Regístrese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por el término de UN (1) día en el Boletín Oficial, y cumplido, archívese.

Carlos María Gallo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/03/2026 N° 17487/26 v. 26/03/2026

Fecha de publicación 26/03/2026