AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 48/2026
RESOL-2026-48-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 03/03/2026
VISTO lo actuado en los Expedientes que integran el Acta N° 710/25, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo recomendado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, actual GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS, la Resolución del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 747/25, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que, asimismo, es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES recomendaron oportunamente dar curso favorable a los trámites de solicitud de Licencia de Operación que integran el Acta N° 710/25 de acuerdo a lo indicado en los IF-2026-04574623-APN-GAJ#ARN e IF-2026-04574918-APN-GAJ#ARN, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para dichos trámites y se ha verificado que las instalaciones correspondientes y su personal mínimo se ajustan a los requerimientos de la normativa de aplicación.
Que las funciones correspondientes de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y a la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES han sido asignadas a la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS y a la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS E INDUSTRIALES, respectivamente, conforme la nueva estructura organizativa aprobada a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 747/25.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios de material radiactivo el pago anual de la tasa regulatoria.
Que, de acuerdo a lo informado oportunamente por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS, cuyas funciones han sido asignadas a la GERENCIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, conforme lo aprobado en la Resolución ARN N° 747/25, los solicitantes de las tramitaciones referidas en el Anexo a la presente Resolución no registran deuda en concepto de tasa regulatoria.
Que la SUBGERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22 de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 20 de febrero de 2026 (Acta N°1),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar las Licencias de Operación que integran el Acta N° 710/25, Aplicaciones Industriales, que se incluyen listadas en el Anexo a la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la GERENCIA EJECUTIVA, a la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS y notifíquese a los solicitantes de las Licencias de Operación. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Leonardo Juan Sobehart
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 27/03/2026 N° 17896/26 v. 27/03/2026
Fecha de publicación 27/03/2026