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30 de Marzo de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 95/2026

RESFC-2026-95-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2026

VISTO el EX-2023-85422090-APN-DAJ#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, su Decreto Reglamentario Nº 16/2019 y la Resolución INCUCAI Nº 84/2026; y

CONSIDERANDO

Que mediante la resolución citada en el visto se aprueban los montos de los aranceles correspondientes a los trámites que se realicen ante el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), relativos a la evaluación y eventual autorización de protocolos de investigación clínica sobre utilización de órganos, tejidos y células para implante en seres humanos.

Que por el artículo 2 de la citada norma se dispuso exceptuar del pago de dichos aranceles a los establecimientos sanitarios públicos, a los dependientes de las Fuerzas Armadas y a los pertenecientes a Universidades Nacionales.

Que en atención a que el desarrollo de protocolos de investigación requiere financiamiento o patrocinio para garantizar su implementación, seguimiento y control, resulta oportuno proceder a la derogación de la referida excepción en la normativa vigente.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del INCUCAI ha tomado la intervención de su competencia, propiciando la medida.

Que quienes suscriben la presente son competentes para resolver en esta instancia, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27.447 y el artículo 3 del Decreto Nº 16/2019.

Que la medida que se adopta fue tratada y aprobada en reunión de DIRECTORIO del día 27 de Marzo de 2026, conforme surge del texto del Acta Nº 12.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Deróguese el artículo 2° de la Resolución INCUCAI N° 84/2026 por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.

Gabriela Hidalgo - Richard Malan - Carlos Soratti

e. 30/03/2026 N° 18697/26 v. 30/03/2026

Fecha de publicación 30/03/2026