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31 de Marzo de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 63/2026

RESOL-2026-63-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2026

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2026-09802804-APN-GSRFYS#ARN, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, Revisión 4, el “Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección”, aprobado mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 76/08, y sus modificatorias, lo actuado por la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, Revisión 4, establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de materiales radiactivos.

Que la empresa COMBUSTIBLES NUCLEARES ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (CONUAR S.A.), a través de las actuaciones citadas en el Expediente Electrónico citado en el VISTO, ha solicitado a esta ARN la renovación de la validación del Certificado “RA/3556/AF”, Revisión 7, de fecha 31 de enero de 2024, correspondiente al bulto modelo denominado BU-D, cuyo nuevo certificado de origen es el “D/4305/AF-96”, Revisión 11, adjuntando la respectiva documentación para evaluación de esta ARN.

Que el diseño del bulto BU-D referenciado ha sido aprobado por la Autoridad Competente de Alemania mediante el certificado “D/4305/AF- 96”, cuya última edición corresponde a la Revisión 11, vigente desde el 26 de enero de 2024 hasta el 31 de enero de 2029 , de acuerdo con la Edición 2018 del Reglamento para el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos SSR- 6, Rev. 1, del ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (OIEA).

Que el DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE de la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS, conforme a lo evaluado en el informe TMR-EVAL-194, que obra en las actuaciones de la referencia, ha evaluado la documentación aportada por el solicitante conforme al cumplimiento de los nuevos requisitos establecidos en la Revisión 4 de la Norma AR 10.16.1 que adoptó los cambios introducidos en el SSR-6, Rev. 1 del OIEA.

Que, asimismo, el mencionado Departamento ha determinado que la Revisión 11 del Certificado de Aprobación D/4305/AF-96, emitido por la Autoridad Competente de Alemania, no introduce modificaciones en los aspectos atinentes al diseño del bulto, el contenido radiactivo autorizado, ni las condiciones de uso respecto de la Revisión 10 del mismo, y que, considerando que esta ARN ya ha otorgado la validación correspondiente mediante la emisión del Certificado de Aprobación “RA/3556/AF-96”, Revisión 7, la empresa CONUAR S.A. demuestra en forma satisfactoria el cumplimiento de los requisitos pertinentes de la Revisión 4 de la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, aplicables al diseño y transporte del BU-D.

Que, en consecuencia, el referido Departamento ha recomendado emitir el certificado de aprobación por validación a través de la Revisión 8 del certificado “RA/3556/AF-96”, con vencimiento el 31 de enero de 2029, recomendación que cuenta con la conformidad de la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS.

Que CONUAR S.A. ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria, de conformidad con lo establecido en el Artículo 26 de la Ley 24.804 y a lo establecido en el “Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección” aprobado mediante la Resolución del Directorio de la ARN N° 76/08 y sus modificatorias.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBGERENCIA DE GESTIÓN ECONÓMICA FINANCIERA de esta ARN han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 16 de marzo de 2026 (Acta N° 3),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Revisión 8 del Certificado de Aprobación RA/3556/AF del Diseño de Bulto del Tipo A para contenido de sustancias fisionables que valida el Modelo BU-D, D/4305/AF-96, a otorgarse a la empresa COMBUSTIBLES NUCLEARES ARGENTINOS S.A. (CONUAR S.A.) con fecha de vencimiento el 31 de enero de 2029.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS. Notifíquese de la presente a CONUAR S.A. a través del DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE de esta ARN. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Leonardo Juan Sobehart

e. 31/03/2026 N° 18804/26 v. 31/03/2026

Fecha de publicación 31/03/2026