MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 87/2026
RESOL-2026-87-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2026
VISTO el Expediente N° EX-2025-135080823- -APN-DGDA#MEC, las Leyes Nros. 17.319 y 26.741, los Decretos Nros. 872 de fecha 1° de octubre de 2018 y 870 de fecha 23 de diciembre de 2021, las Resoluciones Nros. 65 de fecha 4 de noviembre de 2018, 525 de fecha 3 de septiembre de 2019, ambas de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, 304 de fecha 27 de abril de 2022 y 221 de fecha 23 de mayo de 2025, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 2° de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias se establece que las actividades relativas a la explotación, procesamiento, transporte, almacenaje, industrialización y comercialización de los hidrocarburos estarán a cargo de empresas estatales, empresas privadas o mixtas, conforme a las disposiciones de dicha ley y las reglamentaciones que dicte el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que de acuerdo con el Artículo 3° de la citada ley, el PODER EJECUTIVO NACIONAL fijará la política nacional con respecto a las actividades mencionadas en el precitado Artículo 2º, teniendo como objetivos principales, además de los dispuestos por el Artículo 3° de la Ley N° 26.741, maximizar la renta obtenida de la explotación de los recursos y satisfacer las necesidades de hidrocarburos del país.
Que, por su parte, el Artículo 81 del Título VI de la citada ley establece las causales de extinción de dichos permisos y concesiones.
Que por medio del Decreto N° 872 de fecha 1° de octubre de 2018 se instruyó a la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA a convocar a un Concurso Público Internacional para la adjudicación de permisos de exploración para la búsqueda de hidrocarburos en las áreas del ámbito costa afuera nacional determinadas en el Anexo I de dicho decreto, y a establecer los términos del respectivo Pliego de Bases y Condiciones.
Que, mediante la Resolución N° 65 de fecha 4 de noviembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, se convocó al Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1 (Ronda 1) para la adjudicación de permisos de exploración para la búsqueda de hidrocarburos en las áreas del ámbito Costa Afuera Nacional determinadas en el Anexo I de la citada resolución, conforme al régimen de la Ley N° 17.319 y de acuerdo con las condiciones establecidas en el citado Decreto N° 872/18, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones que regiría el mencionado Concurso.
Que, posteriormente, a través de la Resolución N° 276 de fecha 16 de mayo de 2019 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA se aprobó el procedimiento realizado para el Concurso mencionado y se adjudicaron las áreas CAN_102, CAN_107, CAN_108, CAN_109, CAN_111, CAN_113, CAN_114, AUS_105, AUS_106, MLO_113, MLO_114, MLO_117, MLO_118, MLO_119, MLO_121, MLO_122, MLO_123 y MLO_124.
Que a través de la Resolución N° 525 de fecha 3 de septiembre de 2019 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA se otorgó a las empresas SHELL ARGENTINA S.A. y QP OIL AND GAS S.A.U. un permiso de exploración sobre el área CAN_109 en los términos de la Ley N° 17.319, bajo las condiciones, derechos y obligaciones previstos en el Decreto N° 872/18 y en la Resolución N° 65/18 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA.
Que, en el marco de lo establecido en el Decreto N° 870 de fecha 23 de diciembre de 2021, por medio de la Resolución N° 304 de fecha 27 de abril de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se extendió por DOS (2) años el plazo del primer período exploratorio del permiso de exploración otorgado sobre el área CAN_109.
Que, posteriormente, por medio de la Resolución N° 221 de fecha 23 de mayo de 2025 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se extendió por DOCE (12) meses el plazo del primer período exploratorio del permiso de exploración otorgado sobre el área CAN_109.
Que, mediante la presentación de fecha 5 de diciembre de 2025 (IF-2025-135080922-APN-DGDA#MEC), las empresas SHELL ARGENTINA S.A. y QP OIL AND GAS S.A.U. informaron a esta Secretaría su decisión de no pasar al segundo Período del Permiso de Exploración, y de renunciar a dicho Permiso sobre el área CAN_109.
Que con el objeto de evaluar el estado de cumplimiento del plan exploratorio comprometido en el área CAN_109 por las empresas SHELL ARGENTINA S.A. y QP OIL AND GAS S.A.U., la Dirección Nacional de Exploración y Producción se expidió mediante el Informe N° IF-2026-21179101-APN-DNEYP#MEC de fecha 2 de marzo de 2026, en el cual concluyó que las empresas permisionarias han cumplido con la totalidad de las inversiones comprometidas para el Área CAN_109.
Que, en lo que concierne al pago del Canon de Exploración, mediante la Nota N° NO-2026-01771198-APN-DNEYR#MEC de fecha 6 de enero de 2026, la Dirección Nacional de Economía y Regulación informó que SHELL ARGENTINA S.A. y QP OIL AND GAS S.A.U. han abonado el canon de exploración correspondiente al período fiscal 2025 por un total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTITRÉS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 361.583.123,47), según el siguiente detalle: un primer pago de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL VEINTISIETE CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 252.552.027,81) efectuado con fecha 31 de enero de 2025, según ERECAUDA 88, acreditado en la cuenta recaudadora Nº 54618/94; y un segundo pago de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES TREINTA Y UN MIL NOVENTA Y CINCO CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 109.031.095,66) efectuado con fecha 5 de septiembre de 2025, según E-RECAUDA 354, acreditado en la cuenta recaudadora Nº 63734/09.
Que, con relación a la información ambiental presentada por las referidas empresas en su carácter de permisionarios del área CAN_109, la citada Dirección Nacional de Exploración y Producción elaboró el Informe N° IF-2026-21425652-APN-DNEYP#MEC de fecha 2 de marzo de 2026, concluyendo que no se registran observaciones en lo relativo a los requerimientos ambientales previstos por las Resoluciones Nros. 5 de fecha 3 de enero de 1996 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, TRANSPORTE Y COMUNICACIONES del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 24 de fecha 12 de enero de 2004 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y la Resolución Conjunta N° 3 de fecha 26 de noviembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA y ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la ex SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, por último, y conforme surge de los precitados Informes Nros. IF-2026-21179101-APN-DNEYP#MEC e IF-2026-21425652-APN-DNEYP#MEC, la citada Dirección Nacional ha verificado el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las Resoluciones Nros. 319 de fecha 18 de octubre de 1993 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 2.057 de fecha 26 de diciembre de 2005, y 324 de fecha 16 de marzo de 2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que, en atención a las consideraciones expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81, Inciso b) y 85 de la Ley N° 17.319, corresponde declarar la extinción del Permiso de Exploración sobre el área CAN_109, ubicada en el ámbito Costa Afuera Nacional, otorgado mediante la Resolución N° 525/19 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, y revertir el área en cuestión al ESTADO NACIONAL.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 97 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase la extinción del Permiso de Exploración de Hidrocarburos sobre el área CAN_109, ubicada en el ámbito Costa Afuera Nacional, otorgado a las empresas SHELL ARGENTINA S.A. y QP OIL AND GAS S.A.U. mediante la Resolución N° 525 de fecha 3 de septiembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, en el marco de lo dispuesto por el Inciso b) del Artículo 81 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Reviértase y transfiérase al ESTADO NACIONAL el área CAN_109, ubicada en el ámbito Costa Afuera Nacional, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 85 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las empresas SHELL ARGENTINA S.A. y QP OIL AND GAS S.A.U. en los términos del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 09/04/2026 N° 21076/26 v. 09/04/2026
Fecha de publicación 09/04/2026