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9 de Abril de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

Disposición 217/2026

DI-2026-217-APN-ANLIS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2026

Visto el Expediente N° EX-2026-31313766- -APN-DACMYSG#ANLIS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y sus modificatorias, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, N° 1688 del 11 de septiembre de 1992, N° 660 del 24 de junio de 1996, N° 1628 del 23 de diciembre de 1996 y N° 192 del 25 de marzo de 2026; la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 1 del 8 de agosto de 2024 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1688/92 se aprobó la estructura organizativa del entonces INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUTRICIONALES y mediante su similar Nº 660/96 se dispuso la transferencia, entre otros, del ex-INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUTRICIONALES al entonces INSTITUTO NACIONAL DE MICROBIOLOGÍA “DR. CARLOS G. MALBRÁN”, actual ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto N° 1628/96 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD ‘DR. CARLOS G. MALBRAN’ (ANLIS) y encontrándose entre sus dependientes el ex-INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUTRICIONALES cambiando su denominación a partir del dictado de dicha medida a CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUTRICIONALES.

Que por el Decreto N° 192/26 se dispuso la disolución del CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUTRICIONALES dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS).

Que el artículo 11 de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 establece que el personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, o de reducción por encontrarse excedida, conforme surja del informe fundado del órgano competente en la materia, la dotación óptima necesaria, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un período máximo de hasta DOCE (12) meses, conforme lo establezca la reglamentación.

Que, asimismo, la norma prevé que aquellos agentes que se encontrasen en situación de disponibilidad deberán: (i) recibir la capacitación que se les imparta; o (ii) desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado; y que, cumplido el término de disponibilidad, sin que el trabajador hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública Nacional, con derecho a percibir una indemnización conforme lo dispuesto por dicha norma y el Convenio Colectivo de Trabajo.

Que por el artículo 11 del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y sus modificatorios, se establecen las previsiones a las que se ajustará el régimen de disponibilidad aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad afectado por medidas de reestructuración o reducción de dotación óptima necesaria.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 1/24 se aprobó el “Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad” aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad y afectado por medidas de reestructuración o de reducción de dotación óptima necesaria, en los términos de la normativa citada.

Que el artículo 6° del citado régimen establece que, una vez operada la supresión de organismos, dependencias o funciones o reducción del personal, la máxima autoridad de la Jurisdicción u Organismo afectado deberá –dentro de los CINCO (5) días hábiles posteriores- dictar un acto administrativo con la nómina de personal que queda en situación de disponibilidad como consecuencia de ello.

Que se ha certificado la existencia de crédito presupuestario para afrontar la presente medida.

Que el Departamento de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11 del Anexo de la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 1628/96 y 1003/24 y el artículo 6° del Anexo de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA N° 1/24.

Por ello,

LA TITULAR DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL

DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Establécese que el personal de Planta Permanente con estabilidad adquirida, consignado en el Anexo IF-2026-34772334-APN-DACMYSG#ANLIS, que forma parte integrante de la presente medida, quedará en situación de disponibilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Anexo I del Decreto N° 1421/02 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción - MINISTERIO DE SALUD– ENTIDAD 906 –ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a los agentes detallados en el IF-2026-34772334-APN-DACMYSG#ANLIS lo dispuesto en esta medida, de conformidad y en los términos establecidos en el artículo 8° del Anexo a la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 1 del 8 de agosto de 2024.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-

Claudia Perandones

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/04/2026 N° 21292/26 v. 09/04/2026

Fecha de publicación 09/04/2026