MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución 2/2026
RESOL-2026-2-APN-SCEYM#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2025-133613484- -APN-DGDA#MEC y los Expedientes Nros. EX-2026-24232583- -APN-DGDA#MEC y EX-2025-133977204- -APN-DGDA#MEC, vinculados en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la firma CAMUZZI ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMUZZI ENERGÍA S.A.) ha solicitado la habilitación para operar en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Participante Comercializador, en el marco de lo establecido en las Resoluciones Nros. 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y sus modificatorias y complementarias.
Que, mediante la Nota N° B-184250-1 de fecha 5 de marzo de 2026 (IF-2026-24235051-APN-DGDA#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2026-24232583- -APN-DGDA#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) ha informado que la firma CAMUZZI ENERGÍA S.A. ha presentado toda la información necesaria para la administración de sus transacciones, conforme lo establece el Punto 4 del Anexo 31 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución Nº 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.
Que, sobre la base de la información proporcionada por la firma CAMUZZI ENERGÍA S.A. se considera cumplido el requisito de la existencia del patrimonio neto de la firma solicitante, conforme lo exige el Anexo 31 de Los Procedimientos, y conforme surge de la Nota N° NO-2026-01121231-APN-DNIE#MEC de fecha 5 de enero de 2026.
Que la firma CAMUZZI ENERGÍA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la correspondiente solicitud fue publicada en el Boletín Oficial Nº 35.869 de fecha 12 de marzo de 2026, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que, por medio de la Resolución N° 1.387 de fecha 16 de diciembre de 2024 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aceptó la excusación presentada por la señora Secretaria de Energía para intervenir durante su gestión en todas aquellas actuaciones vinculadas a cuestiones relacionadas con las empresas CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. y NRG ENERGÍA S.A. y/o con empresas relacionadas a estas, en el marco de las competencias propias de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, y se encomendó la atención del despacho de las mismas al señor Secretario de Coordinación de Energía y Minería.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, por el Apartado IX del Anexo II, Punto 4 para la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, por la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias, y por el Artículo 2º de la Resolución Nº 1.387/24 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso de la firma CAMUZZI ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMUZZI ENERGÍA S.A.) en calidad de Participante Comercializador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en este acto.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la firma CAMUZZI ENERGÍA S.A., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Daniel Cristian Gonzalez Casartelli
e. 10/04/2026 N° 21628/26 v. 10/04/2026
Fecha de publicación 10/04/2026