MINISTERIO DE SALUD
Resolución 463/2026
RESOL-2026-463-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2026
VISTO el expediente EX-2026-19548412- APN-DGD#MS, la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorios, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Decreto Nº 1138 del 31 de diciembre de 2024 y sus modificatorios, la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 2546 del 22 de septiembre de 2021 y,
CONSIDERANDO
Que, por el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que la mencionada norma establece entre los objetivos de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA de este MINISTERIO DE SALUD el de “Intervenir en el proceso de regulación del sistema de salud para garantizar la calidad y la seguridad de los establecimientos y los servicios provistos por el sistema de salud, facilitando la articulación y armonización interjurisdiccional entre los distintos niveles de gobierno y entre los subsistemas de salud público, privado, de obras sociales y otros financiadores en coordinación con las demás áreas del Ministerio cuando correspondiere”.
Que, asimismo, el mentado Decreto establece entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA, el de “Proponer la implementación de modelos participativos de la comunidad que resulta receptora de los servicios, en concordancia con las políticas de calidad y participación determinadas por el Ministerio”.
Que mediante el Decreto Nº 1138/2024 y sus modificatorios, se ha reestructurado la Administración Pública Nacional y modificado la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de este MINISTERIO DE SALUD.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD, tiene como responsabilidad primaria, entre otras, dar impulso a las acciones para la mejora continua de los procesos de calidad y la seguridad de la atención, promoviendo estándares de desempeño y humanización en los servicios de salud.
Que, asimismo, la mentada Dirección Nacional tiene como una de sus acciones específicas, la implementación y actualización del Plan Nacional de Calidad en Salud aprobado por la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 2546/2021, el cual brindó un marco conceptual de referencia para los procesos de calidad que se desarrollaron durante su vigencia.
Que, en este contexto, y en atención a lo establecido por la normativa vigente resulta necesario propiciar la actualización de las políticas de calidad a través de la aprobación “PLAN NACIONAL DE CALIDAD EN SALUD 2026-2030”.
Que, este Plan que se propicia, tiene como finalidad fortalecer la rectoría y la gobernanza del sistema de salud para desarrollar una cultura de calidad y promover la mejora sostenida de la calidad en la prestación de los servicios integrales de salud.
Que, para ello, es necesario el fortalecimiento y el desarrollo profesional de recursos humanos adecuados, instaurando una cultura de aprendizaje continuo y trabajo en equipos multidisciplinarios.
Que, para la implementación del nuevo Plan que se propicia, se requiere que los servicios de salud incorporen los atributos esenciales de la calidad en su misión, visión, principios y valores, con la debida adaptación a su contexto.
Que, a través de este plan, se impulsan políticas que promueven la mejora de la calidad y la seguridad en la gestión del trabajo de los equipos de salud, propiciando asimismo acciones para el fortalecimiento de la calidad en la formación del recurso humano.
Que, la presente medida es propiciada desde la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD.
Que la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA han prestado su conformidad.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se adopta en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional, así como la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Apruébase el “PLAN NACIONAL DE CALIDAD EN SALUD 2026-2030”, que como Anexo I (IF-2026-36443771-APN-DNCYDTS#MS) forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del “PLAN NACIONAL DE CALIDAD EN SALUD 2026- 2030” que se aprueba en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°. - La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Iván Lugones
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/04/2026 N° 22379/26 v. 13/04/2026
Fecha de publicación 13/04/2026