MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 503/2026
RESOL-2026-503-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2026
Visto el expediente EX-2025-104520134-APN-DGTYA#SENASA, la ley 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026, los decretos 1585 del 19 de diciembre de 1996, 40 del 25 de enero de 2007, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024 y 934 del 31 de diciembre de 2025, las decisiones administrativas 1881 del 10 de diciembre de 2018 y sus modificatorias, y 47 del 1° de febrero de 2021, las resoluciones 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria, y 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE), y
CONSIDERANDO:
Que por la ley 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026.
Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al Ministerio de Economía, y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarían los organismos desconcentrados y descentralizados.
Que por el artículo 38 del decreto 660 del 24 de junio de 1996, se determinó la fusión del ex Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA) y el ex Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (IASCAV) constituyendo el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), organismo descentralizado en jurisdicción de la ex Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Que por el decreto 1585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del SENASA.
Que a través del decreto 40 del 25 de enero de 2007, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SENASA.
Que por la decisión administrativa 1881 del 10 de diciembre de 2018 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SENASA.
Que, posteriormente, por la decisión administrativa 47 del 1° de febrero de 2021, se modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional y se incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el decreto 40/2007, sus modificatorios y complementarios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que en el decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece que corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros, a los Secretarios de la Presidencia de la Nación, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que en esta instancia, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Directora de Centro Regional Córdoba dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía.
Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento a lo establecido en la resolución 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria.
Que la presente designación transitoria queda exceptuada de las restricciones establecidas en el entonces vigente decreto 1148 del 30 de diciembre de 2024 y en el decreto 934 del 31 de diciembre de 2025.
Que ha tomado intervención el área competente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designada transitoriamente, a partir del 1° de septiembre de 2025 y por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, a la magíster María Virginia De La Torre (MI N° 30.327.016), en el cargo de Directora de Centro Regional Córdoba dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, agrupamiento operativo, categoría profesional, grado 13, tramo general del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, homologado por el decreto 40 del 25 de enero de 2007, sus modificatorios y complementarios.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Directiva nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección vigente según lo establecido en la resolución conjunta 2 del 1° de diciembre de 2022 del SENASA y de la entonces Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA), dentro del plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía, Entidad 623 - SENASA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citado ministerio (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 15/04/2026 N° 22942/26 v. 15/04/2026
Fecha de publicación 15/04/2026