MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 94/2026
RESOL-2026-94-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2024-141428601- -APN-DGDA#MEC y los Expedientes Nros. EX-2026-11031032- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-11324766- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-16055987- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-23122694- -APN-DGDA#MEC, vinculados en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 80 de fecha 27 de marzo de 2026 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se procedió a autorizar el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa TECSOL S.A. para su Parque Solar Fotovoltaico SAN LUIS OESTE con una potencia de OCHO CON OCHENTA Y SIETE MEGAVATIOS (8,87 MW), ubicado en el Departamento de Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de SAN LUIS, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) a instalaciones de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SAN LUIS (EDESAL) vinculadas a la E.T. San Luis Centro.
Que en el Artículo 1° de la citada resolución se ha advertido un error material involuntario en la descripción del punto de vinculación al SADI, en tanto correspondía consignar que el Parque Solar Fotovoltaico SAN LUIS OESTE se vinculará al SADI en el nivel de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) a instalaciones de la EDESAL vinculadas a la E.T. San Luis Centro.
Que el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017 y su modificatorio, establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancia del acto o decisión.
Que atento que la presente medida no altera la sustancia de la citada resolución, corresponde sustituir el referido Artículo 1° a fin de rectificar el error material incurrido en el mencionado acto administrativo.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017 y su modificatorio, por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 80 de fecha 27 de marzo de 2026 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa TECSOL S.A. para su Parque Solar Fotovoltaico SAN LUIS OESTE con una potencia de OCHO CON OCHENTA Y SIETE MEGAVATIOS (8,87 MW), ubicado en el Departamento de Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de SAN LUIS, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) a instalaciones de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SAN LUIS (EDESAL) vinculadas a la E.T. San Luis Centro.”
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la empresa TECSOL S.A., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SAN LUIS (EDESAL), y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 17/04/2026 N° 24097/26 v. 17/04/2026
Fecha de publicación 17/04/2026