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20 de Abril de 2026

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Primera sección


AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 56/2026

RESOL-2026-56-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2026

VISTO el Expediente N° EX-2024-90682578- -APN-DACYGD#AABE, el Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012 y su modificatorio, el Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015 y sus modificatorios, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 177 (texto ordenado) de fecha 16 de julio de 2022 (RESFC- 2022-177- APN-AABE#JGM), la Resolución Nº 64 de fecha 14 de octubre de 2024 (RESFC-2024-64-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el Órgano Rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, disponiendo el ejercicio exclusivo de la administración de estos últimos cuando no correspondiera a otros organismos estatales.

Que el inciso 1 del artículo 6° del citado Decreto, establece como uno de los objetivos de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso, concesionados y/o desafectados.

Que el artículo 8° del Decreto N° 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015 y sus modificatorios, faculta a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO a dictar las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación del mismo.

Que el artículo 64 de la Reglamentación aprobada por el Decreto N° 2.670/15 y sus modificatorios, establece el deber de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO de implementar un Programa de Regularización de Ocupaciones de Inmuebles del ESTADO NACIONAL por parte de terceros, sin título, respecto de inmuebles que no se encuentren incluidos en el RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL PARA LA INTEGRACIÓN SOCIO URBANA instituido por la Ley N° 27.694 y sus modificatorias.

Que, a tales efectos, se facultó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO a suscribir CONVENIOS EXTRAORDINARIOS DE REGULARIZACIÓN DE LA OCUPACIÓN, por los cuales se formalice el uso y goce de los inmuebles ocupados hasta por TREINTA Y SEIS (36) meses, quedando prohibida cualquier prórroga o renovación.

Que en tal sentido, se dictó la Resolución Nº 64 de fecha 14 de octubre de 2024 (RESFC-2024-64-APN-AABE#JGM), por la cual se aprobó el “PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE OCUPACIONES DE INMUEBLES DEL ESTADO NACIONAL (PROIEN)”, conforme lo establecido en el artículo 64 de la Reglamentación aprobada por el Decreto N° 2.670/15 y sus modificatorios, que se compone por los ANEXOS I (IF-2024-109391603-APN-DGPI#AABE), II (IF-2024-98244427-APN-DNPYCE#AABE), III (IF-2024-109391929-APN-DGPI#AABE) y IV (IF-2024-109392223-APN-DGPI#AABE), que forman parte integrante de la misma Resolución.

Que por su parte, la Resolución aludida dispuso mediante sus artículos 2º y 3º la creación en el marco de dicho Programa de la COMISIÓN DE ADMISIBILIDAD, la que tiene a su cargo el análisis de las solicitudes presentadas y la revisión de los requisitos y documentación acompañada en dichas solicitudes iniciadas por particulares, a los efectos de recomendar su aprobación o rechazo, asignándose la función de miembros titulares al Director de Ejecución de Operaciones o al Director de Asuntos Comunitarios de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS, según corresponda, o a quien éstos determinen en representación de su Dirección; a la Directora de Planificación y Gestión de Proyectos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA o a quien ésta determine en representación de su Dirección; y al Director de Asuntos Contenciosos de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS o a quien éste determine en representación de su Dirección.

Que a la fecha se encuentra momentáneamente vacante el cargo de Director de Ejecución de Operaciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS, razón por la cual la conformación de la aludida COMISIÓN DE ADMISIBILIDAD se ve afectada en el desarrollo de las actividades que le son propias.

Que en virtud de ello, el Director de Asuntos Comunitarios de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS, quien se encuentra a cargo del despacho de esta última, en virtud de la delegación de la firma efectuada hasta tanto ocurra la designación del/a nuevo/a Director/a de la misma dispuesta por el artículo 1° de la Resolución Nº 9 del 8 de enero de 2026 (RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM), solicitó mediante Nota NO-2026-26995419-APN-DAC#AABE de fecha 16 de marzo de 2026 que se modifique la conformación de la COMISIÓN DE ADMISIBILIDAD.

Que la medida propuesta tiene por finalidad garantizar la continuidad administrativa y la agilidad en la suscripción de las actas y dictámenes de dicha Comisión, por lo que se propone ampliar la facultad de suscripción del Acta de la Comisión de Admisibilidad a la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES y a la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, a fin de que cada una de ellas pueda integrar, analizar y suscribir “indistintamente” el dictamen de comisión en los supuestos de vacancias, licencias, ausencias, comisiones de servicio, etcétera, permitiendo de esa forma que cualquiera de los dos titulares puedan suscribir indistintamente la documentación pertinente, evitando demoras y asegurando así el cumplimiento de los plazos vigentes.

Que las razones expuestas precedentemente ameritan la modificación del artículo 3º de la Resolución Nº 64/24 (RESFC-2024-64-APN-AABE#JGM) a los fines ya antedichos de agilidad, eficacia y eficiencia en la gestión del programa de regularización creado por la misma Resolución.

Que el Servicio Jurídico Permanente de esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1.382/12, 2.670/15 y sus modificatorios.

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el artículo 3º de la Resolución Nº 64 de fecha 14 de octubre de 2024 (RESFC-2024-64-APN-AABE#JGM), el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 3°.- Asígnase la función de miembros titulares de la COMISIÓN DE ADMISIBILIDAD a los funcionarios a cargo de la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES o de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, ambas de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS, de forma indistinta o concurrente, o a quien éstos determinen en representación de su Dirección; al funcionario a cargo de la DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE PROYECTOS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA o a quien éste determine en representación de su Dirección; y al funcionario a cargo de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS o a quien éste determine en representación de su Dirección.”.

ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Tania Yedro

e. 20/04/2026 N° 24356/26 v. 20/04/2026

Fecha de publicación 20/04/2026