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21 de Abril de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Resolución 340/2026

RESOL-2026-340-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2026

VISTO el Expediente EX-2026-16100069- -APN-UOPNR#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL Nros. 828 del 27 de septiembre de 2019, 780 del 10 de noviembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que ante el JUZGADO FEDERAL DE RADICACION AISLADA con asiento en la ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, a cargo por subrogancia del Doctor Claudio Marcelo VÁZQUEZ, Secretaría Penal a cargo del Doctor Juan Ignacio OSCKE, tramitan los autos caratulados “HABEAS CORPUS solicitante MILLACURA LLAIPEN, MARÍA LEONTINA P/IVÁN ELADIO TORRES”, Expte. N° FCR 12009464/2011.

Que, oportunamente, se dictó la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° RESOL-2023-780-APN-MSG, mediante la cual se ofreció recompensa de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles para la investigación y permitan dar con el paradero de Iván Eladio TORRES MILLACURA, DNI 92.510.404, de nacionalidad chilena, nacido el 24 de noviembre de 1976, hijo de Eladio TORRES PEREZ y María Leontina MILLACURA LLAIPEN.

Que el mencionado posee las siguientes características físicas, 1,70 metros de estatura, ojos marrones claros, cabello castaño oscuro, nariz recta medio ancha en los orificios nasales, pestañas tupidas, largas y arqueadas, posee seis (6) tatuajes: uno (1) en la mano izquierda entre el dedo pulgar y el índice con un sol, uno (1) en la mano derecha en cada uno de los dedos, comenzando por el índice la letra “I”, “V”, “A”, “N”, un (1) tatuaje en el brazo izquierdo en “brazadera” casi llegando al hombro, uno (1) en el brazo anterior derecho con la cara de una chica, uno (1) en el muslo anterior derecho del escudo de River y el escrito “IVAN”, y (1) uno en el pie derecho o izquierdo lateral externo con el nombre “IVAN”. A su vez, posee dos (2) cicatrices: una en el muslo derecho posterior producto de una quemadura, la otra en el tobillo izquierdo causada por una bala de escopeta ltaka.

Que el mencionado JUZGADO solicitó a este Ministerio mediante oficios del 1 de diciembre de 2025, y del 18 de diciembre de 2025, se incremente el monto de la recompensa oportunamente ofrecido, debido al tiempo transcurrido y que hasta el momento no se ha recibido información útil en el marco de dicha recompensa.

Que, desde la incorporación del caso de la desaparición y búsqueda de Iván Eladio TORRES MILLACURA, al Programa Nacional de Recompensas, hasta la fecha se han dictado sucesivas resoluciones administrativas que han incrementado los montos de la recompensa desde PESOS CIEN MIL ($100.000) al actual ofrecimiento de pesos CINCO MILLONES ($5.000.000), lo que evidencia la voluntad del Estado de colaborar en el esclarecimiento del caso ut supra mencionado.

Que en atención al tiempo transcurrido sin obtener información que permita dilucidar el caso y por su gravedad y complejidad, corresponde incrementar el monto de la recompensa.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime el titular de esta Cartera; y, a su vez, el artículo 3° indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado Anexo deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido desde el ofrecimiento de recompensa.

Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 ° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar el monto de la mencionada recompensa.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL Nros. RESOL-2019-828-APN-MSG y RESOL-2023-780-APN-MSG.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° RESOL-2023-780-APN-MSG a la suma total de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles para la investigación y permitan dar con el paradero de Iván Eladio TORRES MILLACURA, DNI 92.510.404, de nacionalidad chilena, nacido el 24 de noviembre de 1976.

ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente, a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de preservar la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como IF-2026-26820593-APN-DNNYRPJYMP#MSG correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandra Susana Monteoliva

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/04/2026 N° 24741/26 v. 21/04/2026

Fecha de publicación 21/04/2026