INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 139/2026
RESFC-2026-139-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2026
VISTO el EX-2025-95418085-APN-DCT#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, su reglamentación aprobada por Decreto Nº 16/2019 y la Resolución INCUCAI Nº 336/2025; y
CONSIDERANDO
Que, mediante la resolución citada en el Visto, se aprobó el “Programa Nacional de Acceso Equitativo al Trasplante de Córneas”, con el propósito de implementar una estrategia específica de redistribución entre jurisdicciones que optimice los tiempos de espera, priorizando a aquellas jurisdicciones con menor cantidad de donantes efectivos.
Que dicho Programa fue diseñado con una vigencia de seis (6) meses a partir del 6 de octubre de 2025; y próximo a su finalización la DIRECCIÓN CIENTÍFICO TÉCNICA del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ALBACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) procedió, en el ámbito de sus incumbencias, a evaluar su implementación y los resultados alcanzados.
Que, del análisis efectuado, se identificaron jurisdicciones receptoras que lograron una reducción efectiva en sus tiempos de espera; no obstante, se advierten otras con alta prevalencia de pacientes inscriptos para trasplante y bajos niveles de procuración.
Que, en función de este diagnóstico, la citada Dirección propone prorrogar el Programa por un período adicional de seis (6) meses, manteniendo la nómina de provincias cedentes y procediendo a la actualización de las jurisdicciones receptoras, con el fin de optimizar los logros obtenidos.
Que la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (COFETRA) ha brindado el asesoramiento previsto en el artículo 61 de la Ley N° 27.447, en la reunión llevada a cabo el día 11 de marzo del corriente año.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS; la DIRECCIÓN CIENTÍFICO TÉCNICA; la DIRECCIÓN MÉDICA y la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE NFORMACIÓN, han tomado las intervenciones relativas a sus competencias, sin objeciones al respecto.
Que se actúa en el marco de las competencias otorgadas por el artículo 57, apartados 4,17,18 y 22 de la Ley N° 27.447 y el artículo 3 del Decreto N° 16/2019.
Que la medida que se adopta ha sido tratada en reunión de Directorio del día 23 de abril de 2026, conforme surge del Acta N°16.
Por ello;
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Prorróguese por seis (6) meses la vigencia del “PROGRAMA NACIONAL DE ACCESO EQUITATIVO AL TRASPLANTE DE CÓRNEAS” aprobado por la Resolución INCUCAI Nº 336/2025, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyase el ANEXO UNICO (IF-2025-109555722-APN-DCT#INCUCAI) de la Resolución INCUCAI N° 336/2025, por el ANEXO UNICO (IF-2026-41027521-APN-DCT#INCUCAI) que forma parte integrante de la presente la resolución.
ARTÍCULO 3º.- La prórroga dispuesta en el artículo 1º será computada a partir día 7 de abril del año en curso, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.
Gabriela Hidalgo - Richard Malan - Carlos Soratti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/04/2026 N° 26668/26 v. 27/04/2026
Fecha de publicación 27/04/2026