INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Disposición 2/2026
DI-2026-2-APN-INAI#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2026
VISTO el EX-2026-28240151-APN-INAI#JGM, la Ley N° 23.302, la Ley N° 24.071, el Decreto N° 866/2025, el Decreto N° 85/2026, la RESOL-2025-232-APN-INAI#JGM y las Resoluciones INAI N° 624/2008, N° 737/2014, del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto N° 866/2025 establece la creación bajo la órbita del MINISTERIO EL INTERIOR la unidad organizativa Subsecretaria del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.
Que, el Decreto N° 85/2026 establece la estructura y funciones de segundo nivel de la Subsecretaria del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, siendo entre otras competencias de la Dirección de Afirmación de los Derechos Indígenas “Diseñar y proponer mecanismo para incrementar la representatividad indígena, afianzando la integración y funcionamiento del Consejo de Participación Indígena”.
Que, por Resolución INAI Nº 624/08 se rediseñó el CONSEJO DE PARTICIPACION INDIGENA (CPI) en la órbita de este INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS (INAI), con el objeto de garantizar a los Pueblos Indígenas su participación y consulta en las políticas públicas y demás intereses que los afecten.
Que, por Resolución INAI Nº 737/14 se aprobó el Reglamento de Funcionamiento del CPI del INAI y se determinó que el mandato de sus representantes es por el término de TRES (3) años.
Que, mediante la RESOL-2025-232-APN-INAI#JGM se prorrogó el mandato de los representantes indígenas del Consejo de Participación Indígena del INAI que se encontraban vencidos, hasta el 31 de marzo del año 2026.
Que, conforme al Informe Técnico, IF-2026-32042594-APN-DADI#INAI, la Dirección de Afirmación de los Derechos Indígenas de este Instituto consideró que “…con la finalidad de dar continuidad al funcionamiento de este órgano representativo indígena, es necesario dictar un nuevo acto administrativo que mantenga en funciones los mandatos vencidos a la fecha.”
Que, resulta necesario en esta instancia por motivos de un mejor ordenamiento administrativo y con el objeto de garantizar la continuidad y el buen funcionamiento del CPI, prorrogar los mandatos de los representantes indígenas que a la fecha están vencidos o próximos a vencer, conforme al detalle que se expresa en el Anexo I (IF-2026-31356316-APN-DADI#INAI), por el período comprendido desde el 1° de abril al 30 de septiembre del año 2026, o hasta la realización de las asambleas de renovación de mandatos, dentro de este período.
Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior ha tomado la intervención que le compete.
Que, el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 23.302 y su Decreto Reglamentario N° 155/89 y el Decreto N° 55/2026.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Prorróguese hasta el 30 de septiembre del año 2026, el mandato de los representantes indígenas del CONSEJO DE PARTICIPACION INDIGENA del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS que se encuentren vencidos o próximos a vencer conforme al detalle que se expresa en el Anexo I, que forma parte de la presente (IF-2026-31356316-APN-DADI#INAI), comprendiendo el período desde el 1° de abril al 30 de septiembre del año 2026, o hasta la realización de las asambleas de renovación de mandatos, dentro del mismo.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y ARCHIVESE.
Claudio Bernardo Avruj
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/05/2026 N° 28709/26 v. 05/05/2026
Fecha de publicación 05/05/2026