INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA
Resolución 144/2026
RESOL-2026-144-APN-CD#INTA
Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2026
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2026-21999575-APN-CNRRHHYO#INTA, la Ley Orgánica del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA) - Decreto-Ley Nº21.680/56 y sus modificatorios, ratificado por Ley Nº 14.467 y el Artículo 1° de la Ley N° 25.641, los Decretos Nº 127 del 3 de febrero de 2006, 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, las Actas del Consejo Directivo N° 610, 611 y 613, de fechas 29 de enero, 26 de febrero y 30 de abril de 2026, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 127/06, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA).
Que el retiro voluntario constituye un instrumento de gestión orientado a aquellos agentes que, en función de su trayectoria, aportes institucionales y situación personal, consideren oportuno iniciar una nueva etapa en su desarrollo profesional y vital.
Que la herramienta, posibilita un sistema de desvinculación de la relación de trabajo, a través del cual los agentes que cumplieren los requisitos establecidos en la norma tienen la opción de adherir al Sistema de Retiro Voluntario propuesto por el organismo, exteriorizando su voluntad mediante los canales aprobados con dicha finalidad.
Que mediante el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06, se establecen las causas de extinción de la relación de empleo, para la Administración Pública Nacional.
Que, en ese sentido, el inciso h) del mencionado artículo 38 establece, en forma expresa, el retiro voluntario como causal de conclusión de la relación de empleo del personal comprendido por la Ley Nº 25.164.
Que en el marco del proceso de reestructuración del Estado Nacional se propicia la implementación de un Sistema de Retiro Voluntario, a partir del 4 de mayo del 2026 hasta el 31 de mayo de 2026, con posibilidad de prorrogarse por única vez por quince (15) días corridos a solicitud del CONSEJO DIRECTIVO.
Que a través del Acta Nº 610, correspondiente a la Reunión Extraordinaria de este Consejo Directivo, de fecha 29 de enero de 2026 (v. ACTA-2026-21677586-APN-SE#INTA), se instruyó a la Dirección General de Administración a elaborar un Programa de Retiro Voluntario para los agentes del INTA, estableciéndose diversas dimensiones a tener en consideración para dicho diseño.
Que, posteriormente, mediante Acta Nº 611, correspondiente a la Reunión Ordinaria de este Consejo Directivo, de fecha 26 de febrero de 2026, se dispusieron las bases y condiciones generales para la instrumentación del mencionado Sistema.
Que, finalmente, mediante Acta N° 613. Punto 4.04, correspondiente a la Reunión Ordinaria de este Consejo Directivo, de fecha 30 de abril de 2026, se aprobó la propuesta de implementación del Régimen de Retiro Voluntario para el personal de Planta Permanente del INTA.
Que la Gerencia de Liquidación de Haberes, Asistencia y Mejora a la Administración, ha tomado la intervención de su competencia e informado la estimación del costo correspondiente al Programa de Retiro Voluntario, elaborada sobre la base de los haberes liquidados al mes de enero de 2026 y considerando la antigüedad computada al 31 de marzo del mismo año, incorporando el impacto de los incrementos salariales acordados para el período enero–mayo de 2026, los cuales representan un incremento acumulado del 10,30% sobre la base salarial de referencia.
Que, a su turno, la Gerencia de Presupuesto y Finanzas ha informado que mediante el Expediente EX-2026-20741817- -APN-DGDAGYP#MEC tramita el incremento de los créditos de este Organismo correspondiente al Inciso 1 - Gastos de Personal de la Fuente de Financiamiento 1.2 – Recursos Propios, del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal 2026, para atender el gasto estimado del Régimen de Retiro Voluntario propiciado en las presentes actuaciones.
Que la COORDINACION NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN, ha tomado intervención mediante nota NO-2026-40210281-APN-CNRRHHYO#INTA, elevando una nueva propuesta de Retiro Voluntario, que estipula como criterio exclusivo para el cálculo, la antigüedad en planta permanente de los agentes que opten por el beneficio, de conformidad a lo conversado con la Dirección Nacional de Sistemas y Estadísticas de Empleo y Política Salarial (v. PV-2026-37646845-APN-DNSYEEPYPS#MDYTE).
Que en dicho marco, se adunó el Informe “Anexo I: Régimen de Retiro Voluntario para el ejercicio 2026 del personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA)” (v. IF-2026-43368162-APN-CNRRHHYO#INTA) obrante en el orden 44, elevando el proyecto confeccionado, con basamento en la oportuna instrucción efectuada por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Directivo del INTA mediante la nota NO-2026-20402480-APN-SE#INTA.
Que han tomado intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que, asimismo, se han expedido la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO y la SECRETARÍA DE HACIENDA, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO y la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, ambas dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, sin formular objeciones a la gestión impulsada.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto-Ley Nº 21.680/56 y sus modificatorios, ratificado por Ley Nº 14.467 y el Artículo 1° de la Ley N° 25.641, el Decreto Nº 127/06 y lo considerado en las reuniones del Consejo Directivo de fecha 29 de enero, 26 de febrero y 30 de abril de 2026, según consta en las Actas Nº 610, 611 y 613, respectivamente.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Apruébese, a partir del dictado de la presente medida, el Sistema de Retiro Voluntario para el ejercicio 2026, a implementarse desde el 4 hasta el 31 de mayo de 2026, con posibilidad de prorrogarse – a requerimiento del Consejo Directivo-, por única vez, por el término de quince (15) días corridos, dirigido al personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), comprendido en el régimen de planta permanente previsto en el artículo 8° del Anexo de la Ley N° 25.164, el que como Anexo I (IF-2026-43368162-APN-CNRRHHYO#INTA) forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Delégase en la Dirección General de Administración la emisión del acto administrativo de carácter resolutivo sobre las solicitudes de adhesión presentadas por los agentes interesados en suscribirse al Sistema de Retiro Voluntario aprobado en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 11 inciso e) y 13 del aludido Anexo I.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, a la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO y a la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese.
Nicolas Bronzovich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/05/2026 N° 29637/26 v. 07/05/2026
Fecha de publicación 07/05/2026