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7 de Mayo de 2026

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SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Resolución 41/2026

RESOL-2026-41-APN-SLYT

Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2026

VISTO el Expediente Nº EX-2026-22276042-APN-DRRHHYO#SLYT, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 958 del 25 de octubre de 2024 y la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 30 del 30 de abril de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la asignación transitoria de funciones de Jefe Unidad Relaciones Institucionales e Información de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN al licenciado Claudio Sergio ARRIBÁ, quien revista en UN (1) cargo de la planta permanente, Nivel A - Grado 7, Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 30/24 se le asignaron transitoriamente al licenciado ARRIBÁ, a partir del 1° de marzo de 2024, las funciones de Jefe Unidad Información Editorial de la Dirección Editorial de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de la entonces SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que resulta necesario limitar la asignación de funciones del citado agente como Jefe Unidad Información Editorial, con el fin de asignarle las funciones de Jefe Unidad Relaciones Institucionales e Información, ambas unidades dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el licenciado ARRIBÁ reúne los requisitos establecidos en el artículo 112 del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que procede el dictado de la presente medida con el objeto de asegurar el normal funcionamiento y la plena operatividad de esta Secretaría.

Que tomó la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 1° del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985 y 2° del Decreto N° 958 del 25 de octubre de 2024.

Por ello,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Limítanse, a partir del 2 de marzo de 2026, las funciones de Jefe Unidad Información Editorial de la Dirección Editorial de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Función Ejecutiva Nivel IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, al licenciado Claudio Sergio ARRIBÁ (D.N.I. N° 22.504.224), dispuestas por la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 30 del 30 de abril de 2024.

ARTÍCULO 2°.- Asígnanse con carácter transitorio, a partir del 2 de marzo de 2026, las funciones de Jefe Unidad Relaciones Institucionales e Información de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, al licenciado Claudio Sergio ARRIBÁ (D.N.I. N° 22.504.224), quien revista en UN (1) cargo de la planta permanente de esta Secretaría, Nivel A - Grado 7, Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio del mencionado Convenio, conforme lo dispuesto en el Título X de dicho Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que la asignación transitoria de funciones dispuesta en el artículo 2° de la presente resolución no podrá superar el plazo de TRES (3) años, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20.02 – SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Ibarzabal Murphy

e. 07/05/2026 N° 29920/26 v. 07/05/2026

Fecha de publicación 07/05/2026