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14 de Mayo de 2026

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MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 322/2026

RESOL-2026-322-APN-MD

Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2026

VISTO el Expediente N° EX-2022-104520957- -APN-DCYF#EA, el Convenio Interadministrativo celebrado entre el EJÉRCITO ARGENTINO y la firma IMPSA S. A., aprobado mediante Decisión Administrativa N° 1299 de fecha 28 de diciembre de 2022, la Adenda al citado Convenio suscripta ad referéndum de su aprobación por esta Autoridad, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mencionado Convenio Interadministrativo se contrató el “SERVICIO DE INTERVENCIÓN DE SETENTA Y UN (71) TORRES DE VEHÍCULOS DE COMBATE DEL EJÉRCITO ARGENTINO”, en el marco de la Contratación Directa Interadministrativa N° 84/77-0169-CDI22, por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO (U$S 14.496.541,00.-).

Que la firma IMPSA S. A. solicitó la modificación del Contrato oportunamente celebrado, fundamentando su pedido en razones de índole técnica, productiva y macroeconómica, lo cual dio origen a la Adenda incorporada a las presentes actuaciones.

Que la referida Adenda tiene por objeto modificar la CLÁUSULA TERCERA (Plazo de Entrega), la CLÁUSULA CUARTA (Precio y Forma de Pago) y el ANEXO II (Precio y Cronograma de Pago) del Convenio original, adecuando el cronograma de entregas y pagos de las CINCUENTA Y UN (51) TORRES pendientes, conforme el detalle obrante en el instrumento respectivo.

Que obra en las actuaciones el Resumen del Estado de Cumplimiento del Cronograma de Entregas e Hitos de Pago, del cual surge que la empresa ha completado la entrega de VEINTE (20) TORRES, restando la entrega de CINCUENTA Y UNA (51).

Que han tomado intervención la Comisión Evaluadora de Contrataciones y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del EJÉRCITO ARGENTINO, no formulando objeciones de carácter legal para la prosecución del trámite.

Que el marco normativo vigente contempla la posibilidad de disponer la extensión del plazo de cumplimiento de la prestación, cuando medien causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 del Decreto N° 1030/16.

Que las partes, en función de los principios de Cooperación y Unidad de acción del Estado, llegaron a un acuerdo en la extensión del plazo del cumplimiento, precio y formas de pago, a los efectos de lograr el cumplimiento del fin publico objeto del presente Convenio.

Que la dirección General de Planes, Programas y Presupuesto del EJÉRCITO ARGENTINO ha tomado intervención certificando la existencia de crédito presupuestario para afrontar las erogaciones correspondientes.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde ratificar la Adenda suscripta ad referéndum, a fin de garantizar la continuidad del proyecto, preservar el interés público comprometido y asegurar la adecuada ejecución del contrato.

Que el suscripto se halla facultado para el dictado de la presente medida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1299 de fecha 28 de diciembre de 2022 y el artículo 19°, inciso a) de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase la Adenda al Convenio Interadministrativo celebrado entre el EJÉRCITO ARGENTINO y la firma IMPSA S. A. el 23 de diciembre de 2025, correspondiente a la Contratación Directa Interadministrativa N° 84/77-0169-CDI22, para el “SERVICIO DE INTERVENCIÓN DE SETENTA Y UN (71) TORRES DE VEHÍCULOS DE COMBATE DEL EJÉRCITO ARGENTINO”, la cual fuera suscripta ad referéndum de su aprobación por esta Autoridad.

ARTÍCULO 2°.- Ratifícanse las modificaciones introducidas mediante la citada Adenda a la CLÁUSULA TERCERA (Plazo de Entrega), la CLÁUSULA CUARTA (Precio y Forma de Pago) y el ANEXO II (Precio y Cronograma de Pago) del Convenio original, conforme surge de los Informes Gráficos N° IF-2025-144283235-APN-DGID#EA y N° IF-2025-144282584-APN-DGID#EA, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección de Contaduría y Finanzas del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO a proseguir con las actuaciones administrativas pertinentes para la ejecución de la Adenda aprobada por la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA – Subjurisdicción 21 – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, correspondientes a los ejercicios pertinentes.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

TG Carlos Alberto Presti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/05/2026 N° 32155/26 v. 14/05/2026

Fecha de publicación 14/05/2026