INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 163/2026
RESOL-2026-163-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-30353330-APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y las Resoluciones INCAA N° 927 de fecha 22 de marzo de 2004, N° 888 de fecha 06 de agosto de 2008, N° 170 de fecha 17 de enero de 2013, N° 2771 del 15 de diciembre de 2016, N° 1474 del 22 de noviembre de 2017, N° 524 de fecha 16 de agosto de 2024 y N° 437 de fecha 12 de junio de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES conforme Ley 17.741 (t.o. 2001) tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República.
Que el INSTITUTO llega a las audiencias a través de diferentes pantallas a su cargo, como son las Salas de Cine que integran la Red de Espacios INCAA, el Complejo denominado Cine GAUMONT, la señal televisiva CINE.AR TV y la plataforma de VIDEO A DEMANDA (VOD) CINE.AR PLAY y VIDEO TRANSACCIONAL A DEMANDA (TVOD) CINE.AR ESTRENOS.
Que la Resolución INCAA Nº 927/2004 determina como objetivos del PROGRAMA ESPACIOS INCAA, facilitar los estrenos de películas nacionales en todo territorio de nuestro país; contribuir a la formación de nuevos públicos ofreciendo una programación de calidad; acercar el servicio de exhibición cinematográfica a áreas de nuestro territorio que no cuentan con el mismo, y contribuir a difundir nuestra cinematografía en el exterior.
Que por Resolución INCAA N° 888/2008 se estableció el procedimiento para optimizar y agilizar el Programa y delimitar los derechos y obligaciones de cada una de las partes que intervengan en la apertura y/o funcionamiento de los Espacios INCAA.
Que mediante Resolución INCAA Nº 170/2013 se aprobó la adquisición del Complejo Cine GAUMONT, sito en la Avenida Rivadavia 1635 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que dicho complejo contribuye fomentando y garantizando principalmente la exhibición de películas nacionales, coproducciones, avant premieres nacionales que posibiliten al público, el acceso a películas nacionales de estreno.
Que en su carácter de exhibidor, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES detenta la facultad de fijar el valor de venta del Boleto Oficial Cinematográfico (B.O.C) en el Complejo Cine GAUMONT.
Que por la Resolución INCAA N° 2771/2016 se creó un circuito de exhibición de Video Transaccional a Demanda (TVOD) en la Plataforma denominada “ODEON” para la promoción y fomento de producciones cinematográficas, disponible en Internet y accesible desde multipantallas dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que atendiendo la convergencia y la diversificación de las formas de consumo y producción audiovisual se creó la marca “CINE.AR” a los fines de unificar bajo dicha denominación las distintas pantallas de exhibición audiovisual del INCAA.
Que, atento a ello, mediante la Resolución INCAA N° 1474/2017 se convalidaron las siguientes modificaciones en las denominaciones: del canal televisivo “INCAATV” por “CINE.AR”, de la Plataforma de Video a Demanda VOD “ODEON” por la de “CINE.AR PLAY” y la designación como “CINE.AR ESTRENOS” a la modalidad transaccional TVOD de la Plataforma mencionada.
Que la plataforma CINE.AR ESTRENOS constituye una extensión de la ventana de exhibición de las salas físicas del Organismo, permitiendo el acceso federal y simultáneo a los estrenos nacionales en articulación con la programación del Complejo Cine GAUMONT.
Que el valor de la visualización en dicha modalidad transaccional requiere una actualización que guarde razonabilidad y proporcionalidad con el valor del Boleto Oficial Cinematográfico del citado Complejo, a fin de evitar asimetrías que afecten la recuperación industrial de las obras cinematográficas.
Que, en virtud de la política de promoción y la necesidad de simplificación administrativa, resulta conveniente unificar el valor de la transacción para la visualización de los contenidos clasificados como CINE.AR ESTRENOS en la plataforma CINE.AR PLAY con el valor del Boleto Oficial Cinematográfico general del Complejo Cine GAUMONT.
Que el valor promedio del Boleto Cinematográfico es establecido y publicado por la SUBGERENCIA DE EXHIBICIÓN Y FISCALIZACIÓN bimestralmente.
Que mediante Resolución INCAA N° 524/2024 se estableció el valor del Boleto Oficial Cinematográfico general para el Complejo Cine GAUMONT en el importe en pesos equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor promedio de la entrada de cine; y para las salas que integran la Red de Espacios INCAA una base mínima en pesos equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del valor promedio de la entrada de Cine establecido y publicado bimestralmente por el Departamento de Fiscalización del Organismo.
Que la Resolución INCAA N° 437/2025 modificó el Artículo 1° de la Resolución INCAA N° 524/2024, el cual aprobó un incremento en el importe en pesos equivalente al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) para el valor promedio de la entrada de Cine del Complejo Cine Gaumont.
Que el incremento del valor del Boleto Oficial Cinematográfico no ha demostrado una disminución aparente de la afluencia de público.
Que el valor fijado al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) para el Complejo Cine Gaumont y la base mínima del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) para las salas que integran la Red de Espacios INCAA del valor de la entrada promedio ha quedado por debajo de los valores competitivos de mercado para la distribución del cine depreciando las ganancias que las películas pueden obtener de su exhibición en dicho Complejo.
Que por lo expuesto, se considera oportuno incrementar el valor del Boleto Oficial Cinematográfico (B.O.C.) del Complejo Cine GAUMONT, la base mínima de las salas que integran la Red de Espacios INCAA y el valor de la transacción para la visualización de los contenidos clasificados como CINE.AR ESTRENOS en la plataforma CINE.AR PLAY, con la finalidad de jerarquizar las pantallas del Organismo y adecuar sus aranceles a la realidad del sector.
Que la SUBGERENCIA DE EXHIBICIÓN Y FISCALIZACIÓN, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el Artículo 1° de la Resolución INCAA N° 524/2024, modificado por la Resolución INCAA Nº 437/2025 por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.- Establecer el valor del Boleto Oficial Cinematográfico (B.O.C.) general para el Complejo Cine GAUMONT y de la transacción para la visualización de los contenidos clasificados como CINE.AR ESTRENOS en la plataforma CINE.AR PLAY, en el importe en pesos equivalente al CIEN POR CIENTO (100%) del valor promedio de la entrada de cine establecido y publicado bimestralmente por la SUBGERENCIA DE EXHIBICIÓN Y FISCALIZACIÓN del Organismo.”.
ARTÍCULO 2°.- Sustituir el Artículo 2° de la Resolución INCAA N° 524/2024 por el siguiente: “ARTÍCULO 2°.- Establecer el valor del Boleto Oficial Cinematográfico general para aquellas funciones correspondientes a las programadas por el INSTITUTO en las salas que conformar la Red de Espacios INCAA será pactada a proposición de las salas y bajo aprobación y autorización del INSTITUTO con una base mínima equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor promedio de la entrada de cine establecido y publicado bimestralmente por la SUBGERENCIA DE EXHIBICIÓN Y FISCALIZACIÓN del Organismo, a partir de la publicación de la presente.”
ARTÍCULO 3°.- Sustituir el Artículo 4° de la Resolución INCAA N° 524/2024 por el siguiente: “ARTÍCULO 4°.- Establecer que el INSTITUTO comunicará bimestralmente el cálculo actualizado del valor del Boleto Cinematográfico Oficial establecido en los ARTÍCULOS 1°, 2° y 3°, los cuales entrarán en vigencia el primer jueves de cada bimestre, coincidiendo con el inicio de la semana cinematográfica y el recambio de cartelera habitual.”
ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
e. 22/05/2026 N° 34320/26 v. 22/05/2026
Fecha de publicación 22/05/2026