ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 404/2026
DECTO-2026-404-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-43811399-APN-DGDYD#MJ, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias y los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 735 del 15 de agosto de 2024 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias se establecieron los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar las actividades del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.
Que por el Decreto N° 735/24 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA.
Que para una mejor gestión de las competencias asignadas al citado Ministerio resulta necesario efectuar modificaciones en su conformación organizativa.
Que, asimismo, procede efectuar modificaciones a la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la referida Jurisdicción, como así también incorporar y homologar diversos cargos pertenecientes al MINISTERIO DE JUSTICIA en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que el artículo 104 del Reglamento de Procedimientos Administrativos.Decreto N° 1759/72 – T.O. 2017 dispone que los reglamentos que refieren a la estructura orgánica de la Administración entran en vigencia sin necesidad de publicación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del ANEXO I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA por el siguiente:
“XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
SECRETARÍA DE JUSTICIA
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y LA COMUNIDAD ACADÉMICA
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL
SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE VINCULACIÓN CIUDADANA
- SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios el Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA, por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-47590424-APN-SSGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyense los Anexos Ia, Ib, Ic y Id del artículo 1° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y sus modificatorios por los que, con igual denominación, obran en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-47591149-APN-SSGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Incorpórase al artículo 1° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y sus modificatorios el Anexo Ie, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-47591788-APN-SSGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese el Anexo II del artículo 1° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y sus modificatorios por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-47592207-APN-SSGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6°.- Sustitúyense los Anexos IIIc, IIId y IIIe del artículo 2° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y sus modificatorios, por los que, con igual denominación, obran en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-47592963-APN-SSGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 7°.- Incorpórase al artículo 2° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y sus modificatorios el Anexo IIIf, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-47593615-APN-SSGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 8°.- Sustitúyese el Anexo IV del artículo 2° del Decreto N° 735 del 15 de agosto de 2024 y sus modificatorios por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-47593914-APN-SSGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9°.- Incorpóranse y homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE JUSTICIA que se detallan en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-47594264-APN-SSGA#MJ) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 10.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos asignados a la Jurisdicción 40 – MINISTERIO DE JUSTICIA.
ARTÍCULO 11.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su dictado.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Juan Bautista Mahiques
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/05/2026 N° 36618/26 v. 29/05/2026
Fecha de publicación 29/05/2026