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2 de Junio de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 24/2026

Resolución RESFC-2026-24-APN-DIRECTORIO#ENREGE

Expediente EX-2018-40759738-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 28 de MAYO de 2026

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD ha resuelto ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (TRANSBA S.A.), a requerimiento de la empresa PARQUES EÓLICOS DEL PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA (PARQUES EÓLICOS DEL PLATA S.A.), para el ingreso del Parque Eólico (PE) Del Plata de 81 MW de potencia. 2.- Dar a publicidad la solicitud para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP), para la obra de Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica consistente en: a) La construcción y conexión de la nueva Estación Transformadora (ET) Villa Mi Serranía, cuyas obras principales son las siguientes: i) Sistema de doble juego de barras en U de 132 kV; ii) DOS (2) campos de salida de línea de 132 kV, hacia EETT Olavarría y Loma Negra; iii) Un campo de acoplamiento de barras de 132 kV; iv) DOS (2) campos de acometida en 132 kV de los transformadores del Parque Eólico; v) Medición de tensión en ambas barras; vi) Servicios auxiliares de CA y CC; vii) Tableros de protección, señalización y alarmas; viii) Sistemas de comando y telecontrol y; ix) Sistemas de comunicaciones y; b) Construcción de una doble terna de 132 kV para seccionar la línea de 132 kV existente Loma Negra Olavarría y vincular la nueva ET Villa Mi Serranía. Asimismo, comprende las instalaciones y obras detalladas en la Nota TRANSBA S.A. DALYR/GAR N° 209/25 y sus archivos anexos (Memoria Descriptiva, EEE1, etcétera). 3.- Establecer que la publicación ordenada en el artículo 1 de este Acto se realiza mediante un AVISO en la página web del Ente, requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de internet por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que, quién lo considere procedente, presente por escrito ante el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE), un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 4.- Establecer la publicación de la solicitud referida en el artículo 2 mediante un AVISO en la página web del Ente y solicitar a CAMMESA que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENReGE. 5.- Establecer que, en caso de que se plantee una oposición fundada o que sea común a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública a fin de recibir las oposiciones y permitir al solicitante del Acceso a la Capacidad de Transporte Existente contestarlas y exponer sus argumentos. 6.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 3 y 4 de este acto, sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1, se emitirá el CCyNP mencionado en el artículo 2 y se procederá a indicar esta condición en el “Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente” y en el “Registro informativo de ampliaciones del sistema de transporte y distribución “de la página de Internet del Ente y se informará a las partes. 7.- Establecer que el solicitante deberá gestionar los planos de mensura y las modificaciones necesarias para la constitución de la Servidumbre Administrativa de Electroducto (SAE) e inscripción en el registro de la propiedad del inmueble correspondiente, conforme a la Ley N° 19.552 y el artículo 69 de la Ley N° 24.065 (T.O. 2025), constituyendo la SAE a favor de TRANSBA S.A., responsable de realizar todas las acciones tendientes a la constitución definitiva de la misma conforme los artículos 4 y 6 de la Ley N° 19.552. 8.- Disponer que el solicitante debe dar cumplimiento a los requerimientos Técnicos efectuados por TRANSBA S.A. y CAMMESA. 9.- Notificar a TRANSBA S.A., a PARQUES EÓLICOS DEL PLATA S.A. y CAMMESA. 10.- Registrar, comunicar, publicar en extracto, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Firmado: Héctor Sergio Falzone - Griselda Lambertini - Marcelo Alejandro Nachon - Vicente Serra - Néstor Marcelo Lamboglia

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 02/06/2026 N° 36952/26 v. 02/06/2026

Fecha de publicación 02/06/2026