BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8444/2026
04/06/2026
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPASI 2-741: Apertura de cuentas en forma no presencial. Adecuación.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“- Disponer que las entidades financieras que admitan la apertura no presencial de cuentas a través de medios electrónicos y/o de comunicación –de acuerdo con lo previsto en los puntos 4.16. y 12.10. de los textos ordenados sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales y Reglamentación de la Cuenta Corriente Bancaria, respectivamente–, podrán asignar cualquier casa operativa a los fines de la radicación de las cuentas abiertas de manera no presencial, la cual deberá ser informada al cliente en el momento de la asignación.”
Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en los textos ordenados sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales y Reglamentación de la Cuenta Corriente Bancaria. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Secciones – Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Secciones - Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 09/06/2026 N° 39024/26 v. 09/06/2026
Fecha de publicación 09/06/2026