Edición del
16 de Junio de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 8/2026

RESFC-2026-8-E-CFP-CFP

Ciudad de Buenos Aires, 11/06/2026

VISTO la Ley N° 24.922, y el Decreto N° 748/99, la Resolución N° 6 de fecha 28 de mayo de 2026, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución citada en el Visto se efectuó una convocatoria para presentar proyectos de explotación de la especie calamar (Illex argentinus).

Que la citada resolución contiene errores y omisiones materiales que deben ser enmendados a fin de facilitar el trámite de presentación y selección.

Que debe preverse que el plazo para la presentación de proyectos deberá computarse desde la publicación de la presente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al CONSEJO FEDERAL PESQUERO por el artículo 9°, incisos a), d) y f), y el artículo 26 de la Ley N° 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Modifícase el plazo para efectuar las presentaciones previsto en el artículo 3° de la Resolución N° 6 de fecha 28 de mayo de 2026, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por el de quince (15) días hábiles a contar desde la publicación de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°. Sustitúyese el artículo 9° de la Resolución N° 6 de fecha 28 de mayo de 2026, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por el siguiente texto:

“ARTICULO 9°. Incorporación a la matrícula. Los buques de los proyectos aprobados deberán encontrarse incorporados a la matrícula nacional o bien tendrán plazo para incorporarse a la Matrícula Nacional hasta el 31 de diciembre de 2027. Los buques nuevos de construcción en el extranjero tendrán plazo para incorporarse a la Matrícula Nacional hasta el 31 de diciembre de 2028. Los buques nuevos de construcción en astilleros nacionales tendrán plazo para incorporarse a la Matrícula Nacional hasta el 31 de diciembre de 2029.

Los buques poteros a incorporar a la matrícula nacional deberán responder exactamente a la documentación (memoria técnica y plano de arreglo general del buque) presentada en el proyecto respectivo al momento de su aprobación, bajo apercibimiento de revocación de la aprobación y de la autorización para emitir el permiso de pesca.

ARTÍCULO 3°. Reemplazar el Anexo V de la Resolución N° 6 de fecha 28 de mayo de 2026, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por el ANEXO (IF-2026-00000220-CFP-CFP) de la presente resolución.

ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Paola Andrea Gucioni - Arturo Idoyaga Molina - María Silvia Giangiobbe - Sergio Edgardo Paleo - Andrés Arbeletche - Sergio Klimenko - Carlos Cantú - Juan Antonio López Cazorla

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/06/2026 N° 41187/26 v. 16/06/2026

Fecha de publicación 16/06/2026