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17 de Junio de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 293/2026

RESOL-2026-293-APN-INASE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 16/06/2026

VISTO el Expediente Nº EX-2026-57616686-APN-DA#INASE, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 dispone la aplicación de sanciones para aquellos que incumplieren las obligaciones legales, siendo este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA la autoridad de aplicación de la citada norma.

Que este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha establecido el sistema de pago espontáneo de acreencias, a fin de incentivar la efectiva y ágil cancelación de las multas.

Que mediante el régimen de pago espontáneo se beneficia a aquel que abona la multa en tiempo oportuno, evitando así los gastos de gestión de cobro y de ejecución forzada de la multa impuesta.

Que esta medida ha resultado un incentivo para el cumplimiento de las penas, implicando una disminución de la morosidad y logrando así el eficiente funcionamiento del ESTADO NACIONAL.

Que se considera pertinente actualizar las normas que rigen el sistema de pago espontáneo para así permitir al administrado utilizar el beneficio otorgado.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención de su competencia, en su reunión de fecha 9 de junio de 2026, según Acta N° 534.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el acto que se propicia en función de lo establecido por los artículos 8º y 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845 y el Decreto Nº 684 de fecha 22 de septiembre de 2025.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 149 de fecha 12 de julio de 1999 de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Autorízase la reducción en un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del monto de la multa impuesta por este organismo por infracciones a la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, cuando el interesado haga efectivo el pago íntegro dentro del plazo perentorio de VEINTE (20) días hábiles de notificado el acto administrativo sancionatorio”.

ARTÍCULO 2º.- Derógase la Resolución N° RESOL-2024-33-APN-INASE#MEC de fecha 23 de febrero de 2024, de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Martin Famulari

e. 17/06/2026 N° 41603/26 v. 17/06/2026

Fecha de publicación 17/06/2026