TRATADOS
Ley 27811
Aprobación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Apruébase el Tratado entre la República Argentina y la República de Cuba sobre Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal, celebrado en la Ciudad de Buenos Aires –República Argentina– el 19 de noviembre de 2021, que consta de veinte (20) artículos, que como Anexo forma parte de la presente ley.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
REGISTRADO BAJO EL N° 27811
VICTORIA VILLARRUEL - MARTIN ALEXIS MENEM - Agustín Wenceslao Giustinian - Adrián Francisco Pagán
Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2026
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, certifico que la Ley Nº 27.811 (IF-2026-53125306-APN-DSGA#SLYT) con Anexo (IF-2026-53125376-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN el 20 de mayo de 2026 ha quedado promulgada de hecho el día 12 de junio de 2026.
Dese para su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, gírese copia al H. CONGRESO DE LA NACIÓN y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Cumplido, archívese.
María Ibarzabal Murphy
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/06/2026 N° 42249/26 v. 18/06/2026
Fecha de publicación 18/06/2026