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18 de Junio de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

Disposición 80/2026

DI-2026-80-E-ARCA-ARCA

Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2026

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2026-00867776- -ARCA-DIRRHH#SDGADM y

CONSIDERANDO:

Que la Disposición N° 393 (AFIP) del 28 de octubre de 2016 y sus modificatorias, estableció los lineamientos a los que deben ajustarse las acciones realizadas en materia de ingresos, distribución y movilidad del personal de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Que mediante el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024 se dispuso la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la creación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), estableciendo a esta última como continuadora jurídica de la primera con el pleno ejercicio de las funciones que se hubieran otorgado por la normativa vigente al organismo disuelto.

Que por su parte, la Disposición N° DI-2025-162-E-ARCA-ARCA del 17 de julio de 2025 aprobó el “Plan Estratégico 2025-2029” de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, impulsando una gestión del cambio que acompañe y facilite la adaptación organizacional, que promueva el desarrollo de capacidades, la profesionalización, la adecuación de perfiles a las nuevas competencias requeridas y fomente una cultura institucional orientada a la innovación, la integridad, la transparencia y la mejora continua.

Que a fin de optimizar la gestión institucional, resulta oportuno implementar acciones tendientes a alinear las dotaciones y perfiles del personal a los objetivos y metas establecidos en el Plan Estratégico vigente.

Que, asimismo, la experiencia recogida desde el dictado de la Disposición N° 393/16 (AFIP) y sus modificatorias, evidencia la necesidad de formular ajustes a los mecanismos de selección, distribución y movilidad de los recursos humanos que permitan contar con calidad y equilibrio en las dotaciones, sin que ello afecte el desarrollo de las áreas de gestión.

Que tales medidas permitirían alcanzar una mayor efectividad en los procesos de gestión del personal, en consonancia con los lineamientos impartidos por el Estado Nacional, garantizando la transparencia y calidad en el sector público.

Que en consecuencia procede la sustitución de la Disposición N° 393/16 (AFIP) y sus modificatorias.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Administración e Institucional.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, por el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024 y por el artículo 8° del Decreto N° 13 del 6 de enero de 2025 y su modificatorio.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer una política de dotación para la identificación y evaluación continua de las necesidades de refuerzo de personal en términos de cantidades y perfiles requeridos y la planificación de acciones para su cobertura; todo ello con el objeto de lograr la adecuación de la planta del personal de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero a las necesidades de servicio, la cual será llevada a cabo por la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Subdirección General de Administración.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar las “Pautas de la Política de Dotación”, que como Anexo (IF-2026-01837097-ARCA-SGDADVCOAD#SDGINS) forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Determinar que las acciones necesarias para la cobertura de los puestos de trabajo vacantes se realicen observando los lineamientos que en materia de ingreso, distribución y movilidad del personal, se indican a continuación:

a) Las incorporaciones de personal deberán estar debidamente fundadas y expresamente conformadas por el Director Ejecutivo.

b) En todos los procesos de selección que se desarrollen se procurará alcanzar la correspondencia entre las competencias de los candidatos y las necesidades requeridas del puesto a cubrir.

c) Se pondrá especial atención en el cumplimiento de la legislación vigente.

d) Todo mecanismo o sistema que se diseñe o instrumente en materia de selección de personal, tanto en el ámbito interno como externo, tendrá como premisa garantizar la responsabilidad y profesionalismo en la gestión, así como la transparencia en los procesos.

ARTÍCULO 4°.- Delegar en la Dirección de Recursos Humanos la facultad para dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la aplicación de la presente.

ARTÍCULO 5°.- Abrogar las Disposiciones Nros. 393 (AFIP) del 28 de octubre de 2016, DI-2018-269-E-AFIP-AFIP del 3 de octubre de 2018, DI-2021-137-E-AFIP-AFIP del 2 de septiembre de 2021, DISFC-2023-1-E-AFIP-SDGRHH del 7 de diciembre de 2023 y DI-2023-634-E-AFIP-SDGRHH del 4 de octubre de 2023.

ARTÍCULO 6°.- Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese al Sindicato Único del Personal de Aduanas de la República Argentina (SUPARA) y a la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP), dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Andres Edgardo Vazquez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/06/2026 N° 41928/26 v. 18/06/2026

Fecha de publicación 18/06/2026