ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 487/2026
RESOL-2026-487-APN-ENACOM#JGM FECHA 02/07/2026
EX-2024-131254848-APN-REYS#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la COOPERATIVA DE PROVISION Y COMERCIALIZACION DE SERVICIOS COMUNITARIOS DE RADIODIFUSION COLSECOR LIMITADA en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución N° 697, del 28 de diciembre de 2017, como Operador Móvil Virtual (OMV) básico. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.
e. 07/07/2026 N° 47277/26 v. 07/07/2026
Fecha de publicación 07/07/2026