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17 de Julio de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA DE CULTURA

Resolución 693/2026

RESOL-2026-693-APN-SC

Ciudad de Buenos Aires, 15/07/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-41573737- -APN-TNC#SC, la Ley de Presupuesto Nacional de la Administración Nacional N° 27.798, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 958 del 25 de octubre 2024, 60 del 4 de febrero de 2025 y sus modificatorias, las Decisiones Administrativas Nros. 59 del 8 de febrero de 2018, 826 del 02 de octubre de 2019, 1 del 19 de enero de 2026, y la Resolución SC Nº 927 del 23 de diciembre de 2025 y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2026 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio 2026.

Que por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por el Decreto Nº 958/24 se otorga la facultad a los Secretarios de la PRESIDENCIA de la NACIÓN de efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que por el Decreto N° 934/25 se establece que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza. No obstante, el inciso d) del artículo 2° del precitado Decreto, exceptúa de dicha prohibición a las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.

Que por el Decreto Nº 60/25 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 826/19 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del TEATRO NACIONAL CERVANTES, y se homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a dicha jurisdicción.

Que por la Decisión Administrativa N° 59/18 la licenciada María Dolores ABAIT LABANDAL (D.N.I. Nº 25.686.136) fue designada transitoriamente en UN (1) cargo de la planta permanente Nivel B, Grado 0, como COORDINADORA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y PRENSA del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, y prorrogada en último término por Resolución SC Nº 927/25.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efectuar la prórroga de la designación mencionada por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, y hasta tanto se sustancie el proceso de selección para la cobertura del cargo, de modo de asegurar el normal desenvolvimiento y gestión de dicha Coordinación.

Que la licenciada María Dolores ABAIT LABANDAL (D.N.I. Nº 25.686.136) se viene desempeñando transitoriamente como Coordinadora de Desarrollo Institucional y Prensa del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a partir de la fecha de su respectiva designación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno y cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que la Dirección de Administración del TEATRO NACIONAL CERVANTES ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, en el marco del artículo 18 del Decreto N° 993 del 6 de noviembre de 2024.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada a partir del 06 de mayo de 2026 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles la designación transitoria de la licenciada María Dolores ABAIT LABANDAL (D.N.I. Nº 25.686.136), en UN (1) cargo de la planta permanente Nivel B, Grado 0, como Coordinadora de Desarrollo Institucional y Prensa del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II -Capítulos III, IV y VIII- y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SUBJURISDICCIÓN 14 - SECRETARÍA DE CULTURA, SAF 113 - TEATRO NACIONAL CERVANTES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, dentro de los CINCO (5) de publicado en el Boletín Oficial, conforme lo dispuesto por el artículo 3° de la Resolución N° 20/24 del mentado Ministerio.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Leonardo Javier Cifelli

e. 17/07/2026 N° 49876/26 v. 17/07/2026

Fecha de publicación 17/07/2026