AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO DIRECCIÓN REGIONAL SUR
Disposición 56/2026
DI-2026-56-E-ARCA-DIRSUR#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2026
VISTA la DI-2023-153-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM del 15 de Diciembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, se instauró el Régimen de Reemplazos ante la ausencia o impedimento del titular de la División Investigación dependiente de esta Dirección Regional Sur.
Que por motivos operativos y funcionales, se hace necesario establecer un nuevo Régimen de Reemplazos.
Que por razones de buen orden administrativo se aconseja disponer el dictado de un nuevo acto dispositivo y en consecuencia, dejar sin efecto la Disposición DI-2023-153-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM del 15 de Diciembre de 2023.
Que de acuerdo con las facultades delegadas por la Disposición DI-2026-50-E-ARCA-ARCA del 22 de Abril de 2026 y a las atribuciones asignadas mediante la Disposición DI-2024-182-E-AFIP-ARCA del 1 de Noviembre de 2024, procede a disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SUR
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Régimen de Reemplazos, para casos de ausencia o impedimento de la Jefatura de la División Investigación, dependiente de la Dirección Regional Sur, el que quedará establecido de la siguiente forma:
• 1° Reemplazante: Jefatura del EQUIPO C (DI RSUR).
• 2° Reemplazante: Cont. Púb. DEVOTO, EZEQUIEL HERNÁN. Legajo: 41292/90.
• 3° Reemplazante: Jefatura de la DIV. FISCALIZACIÓN N°1 (DI RSUR).
• 4° Reemplazante: Jefatura de la DIV. FISCALIZACIÓN N°2 (DI RSUR).
ARTÍCULO 2º.- Abrogar la Disposición DI-2023-153-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM del 15 de Diciembre de 2023.
ARTÍCULO 3°.- La presente entrará en vigencia a partir de su publicación.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Mariano Sciola
e. 21/07/2026 N° 50653/26 v. 21/07/2026
Fecha de publicación 21/07/2026