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23 de Julio de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 66/2026

RESOL-2026-66-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-70169122- -APN-DGDYD#JGM, la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92), el Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017 prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación y órganos directivos de Entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior.

Que el artículo 14 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias dispone que los Ministros podrán delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivos Departamentos en los funcionarios que determinen conforme con la organización de cada área.

Que por el Decreto N° 581 del 8 de julio de 2026 se sustituyó el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019.

Que, atento a dicha modificación, deviene necesario, para el cumplimiento de los principios de celeridad, economía, sencillez, eficacia y eficiencia en los trámites del procedimiento administrativo, delegar la suscripción de convenios de colaboración en todos los asuntos vinculados al turismo, el ambiente y los deportes, conlleven o no erogación presupuestaria, con provincias, municipios u otras entidades, organismos y jurisdicciones, en la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES de la VICEJEFATURA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que antes de la suscripción de los citados convenios, deben cumplirse los procedimientos previstos y los que resulten implícitos del ordenamiento jurídico, de conformidad a lo previsto en el artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549 y sus modificatorias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS -estructura vigente conforme artículo 17 del Decreto N° 581/26- de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 14 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en el titular de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES dependiente de la VICEJEFATURA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la facultad de suscribir convenios de colaboración en todos los asuntos vinculados al turismo, el ambiente y los deportes, conlleven o no erogación presupuestaria, con provincias, municipios u otras entidades, organismos y jurisdicciones.

ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Diego César Santilli

e. 23/07/2026 N° 51637/26 v. 23/07/2026

Fecha de publicación 23/07/2026