Edición del
28 de Julio de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 67/2026

RESOL-2026-67-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-71433024- -APN-DGDYD#JGM, las Leyes Nros. 19.549 y sus modificaciones, 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, 26.573 y sus modificaciones, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 100 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la Ley N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones establecen las atribuciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante la Ley N° 26.573 se creó el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo como persona jurídica de derecho público no estatal destinado a gestionar y coordinar apoyos económicos específicos para la implementación y desarrollo de las políticas de alto rendimiento.

Que el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus objetivos, entre otros, el de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el artículo 16, inciso 63, de la Ley Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) establece como atribución del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS integrar, en representación del ESTADO NACIONAL y en carácter de socio fundador, el ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD), creado por la Ley Nº 26.573.

Que, en el marco de dicha ley, los socios fundadores deben ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones por intermedio de sus representantes.

Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 - T.O. 2017 establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, los ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior.

Que a los fines de garantizar los principios de juridicidad, celeridad, economía, sencillez, eficacia y eficiencia en los trámites del procedimiento administrativo, y atento los cambios recientes de la estructura de la Administración Pública Nacional centralizada, deviene oportuno y conveniente delegar ciertas atribuciones en los titulares de las distintas unidades organizativas de esta jurisdicción.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 - T.O. 2017 y por el artículo 16 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto Nº 438/92).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la facultad de designar a los representantes para que integren los órganos de gobierno, administración y fiscalización del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD).

ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Diego César Santilli

e. 28/07/2026 N° 52380/26 v. 28/07/2026

Fecha de publicación 28/07/2026