MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1149/2026
RESOL-2026-1149-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2026
Visto el expediente EX-2025-137245041- -APN-SSGAI#MEC y el EX-2025-136686724- -APN-DGDA#MEC en tramitación conjunta, las leyes 17.520 y sus modificatorias y 27.742, los decretos 695 del 2 de agosto de 2024 y 97 del 14 de febrero de 2025, las resoluciones 1284 del 29 de agosto de 2025 (RESOL-2025-1284-APN-MEC), 112 del 10 de febrero de 2026 (RESOL-2026-112-APN-MEC), 246 del 5 de marzo de 2026 (RESOL-2026-246-APN-MEC), 555 del 5 de mayo de 2026 (RESOL-2026-555-APN-MEC) y 884 del 2 de julio de 2026 (RESOL-2026-884-APN-MEC), todas ellas del Ministerio de Economía, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la ley 27.742 se declaró “sujeta a privatización”, en los términos y con los efectos de los Capítulos II y III de la ley 23.696, entre otras, a la empresa Corredores Viales S.A.
Que mediante el decreto 97 del 14 de febrero de 2025 se autorizó el procedimiento para la privatización total de Corredores Viales S.A. bajo la modalidad de concesión de obra pública por peaje, en los términos de la ley 17.520 y sus modificatorias, facultándose al Ministerio de Economía a efectuar el llamado y la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional por el régimen de concesión de obra pública por peaje, respecto de los Tramos de la Red Vial Nacional que como anexo I (IF-2025-11997807-APN-DNV#MEC) forman parte integrante de dicha norma y a modificar la conformación de los referidos Tramos, con la posibilidad de excluir aquellos que actualmente la integren y/o incorporar nuevos, cuando así lo considere oportuno para su concesión.
Que en ese marco, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del anexo I al decreto 695 del 2 de agosto de 2024, mediante la resolución 1284 del 29 de agosto de 2025 del Ministerio de Economía (RESOL-2025-1284-APN-MEC) se dio inicio al procedimiento de privatización de Corredores Viales S.A. en los términos del decreto 97/2025.
Que a través de la resolución 112 del 10 de febrero de 2026 del Ministerio de Economía (RESOL-2026-112-APN-MEC) se autorizó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504-0015-LPU25 para la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento, prestación de servicios al usuario y la realización de nuevas explotaciones complementarias o colaterales que permitan obtener ingresos adicionales bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje en el marco de la ley 17.520 y sus modificatorias, de los Tramos Mediterráneo, Puntano, Portuario Sur y Portuario Norte de la “Red Federal de Concesiones - Etapa II-B”.
Que por el artículo 3° de la resolución 112/2026 del Ministerio de Economía se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales y su Anexo, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los Formularios de Cotización, el Modelo de Contrato, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, los Pliegos de Especificaciones Técnicas Particulares (Tramos Mediterráneo, Puntano, Portuario Sur y Portuario Norte) y sus Anexos, el Reglamento de Explotación y el Reglamento de Infracciones y Sanciones, que forman parte integrante de esa medida.
Que por la resolución 246 del 5 de marzo de 2026 del Ministerio de Economía (RESOL-2026-246-APN-MEC) se aprobó la incorporación a los referidos pliegos, de la Circular Modificatoria N° 1 (PLIEG-2026-21435444-APN-ST#MEC), por la cual se introdujeron modificaciones a la documentación licitatoria.
Que mediante la resolución 555 del 5 de mayo de 2026 del Ministerio de Economía (RESOL-2026-555-APN-MEC) se aprobó la incorporación de la Circular Modificatoria N° 2 (PLIEG-2026-44560862-APN-ST#MEC) por la que se aprobó la prórroga del cronograma fijado por la resolución 112/2026 del Ministerio de Economía.
Que en atención a lo dispuesto en los artículos 5° y 6° del anexo I al decreto 695/2024, se efectuaron las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el sitio web denominado “DGMARKET” y en el sitio oficial del Ministerio de Economía conforme a lo establecido en el artículo 5° de la mencionada resolución 112/2026 del Ministerio de Economía.
Que, a través de la resolución 884 del 2 de julio de 2026 del Ministerio de Economía (RESOL-2026-884-APN-MEC) se aprobó lo actuado en la primera etapa correspondiente a la Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504-0015-LPU25; se hizo lugar a la impugnación presentada por CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A., disponiendo el reintegro de la garantía de impugnación presentada; se desestimaron las ofertas presentadas por CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS DEL OESTE S.A. - EDMACAR CONSTRUCTORA VIAL S.A. (Tramos Mediterráneo, Portuario Sur y Portuario Norte), JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. - INGENIERO ALBERTO REANO S.A - GUIGIVAN S.R.L. (Tramo Portuario Sur), VIAL AGRO S.A. (Tramos Puntano y Portuario Norte), ROVIAL S.A. - OBRING S.A. - JOSÉ ELEUTERIO PITÓN S.A. - EDECA S.A. (Tramos Portuario Sur y Portuario Norte) y AUTOVÍA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A. - GUIGIVAN S.R.L. (Tramos Puntano y Portuario Norte); se precalificaron las ofertas presentadas por ROVELLA CARRANZA S.A. - JCR S.A. (Tramos Mediterráneo y Puntano), IEB CONSTRUCCIONES S.A. - TRADING MRG S.A.U. (Tramos Mediterráneo, Puntano, Portuario Sur y Portuario Norte), CN SAPAG S.A. - VÍCTOR M. CONTRERAS Y CÍA. S.A. (Tramo Puntano), CPC S.A. (Tramos Mediterráneo, Puntano, Portuario Sur y Portuario Norte), JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A - GUIGIVAN S.R.L. (Tramo Mediterráneo), INMAC S.A. - ROWING S.A. - TECNOEDIL S.A. CONSTRUCTORA (Tramo Mediterráneo), LUCIANO CONSTRUCCIONES S.A. (Tramos Mediterráneo y Puntano), BASAA S.A. - CECOSA S.A. (Tramos Mediterráneo, Puntano, Portuario Sur y Portuario Norte), CONCRET NOR S.A. - MARCALBA S.A. - POSE S.A. - COARCO S.A. (Tramo Portuario Sur), PAOLINI HNOS S.A. - SEMI.S.A. - C&E CONSTRUCCIONES S.A. - CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A. (Tramos Mediterráneo y Portuario Sur), PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A. (Tramos Mediterráneo, Puntano, Portuario Sur y Portuario Norte), JOSÉ J. CHEDIACK S.A.I.C.A. - BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. (Tramo Puntano) y CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A. (Tramos Mediterráneo, Puntano, Portuario Sur y Portuario Norte); y se estableció la fecha de apertura del Sobre N° 2 de las ofertas precalificadas, la cual tendría lugar el día 6 de julio de 2026 a las 11:00 horas, a través del portal CONTRAT.AR.
Que en el Acta de Apertura del 6 de julio de 2026 constan las ofertas económicas para el Renglón N° 1 TRAMO MEDITERRÁNEO, correspondientes a los oferentes ROVELLA CARRANZA S.A. - JCR S.A., IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U., CPC S.A., JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. - GUIGIVAN S.R.L., INMAC S.A. - ROWING S.A. - TECNOEDIL S.A. CONSTRUCTORA, LUCIANO CONSTRUCCIONES S.A., BASAA S.A. - CECOSA S.A., PAOLINI HNOS S.A. - SEMI.S.A. - C&E CONSTRUCCIONES S.A. - CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A., PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A. y CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A.; para el Renglón Nº 2 TRAMO PUNTANO, correspondiente a los oferentes: ROVELLA CARRANZA S.A. - JCR S.A., IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U., CN SAPAG S.A. - VICTOR M. CONTRERAS Y CÍA. S.A., CPC S.A., LUCIANO CONSTRUCCIONES S.A.; BASAA S.A. - CECOSA S.A., PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A., JOSE J. CHEDIACK S.A.I.C.A. - BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. y CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A. para el Renglón Nº 3 TRAMO PORTUARIO SUR, correspondiente a los oferentes IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U., CPC S.A., BASAA S.A. - CECOSA S.A., CONCRET NOR S.A. - MARCALBA S.A. - POSE S.A. - COARCO S.A., PAOLINI HNOS S.A. - SEMI.S.A. - C&E CONSTRUCCIONES S.A. - CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A., PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A. y CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A.; y para el Renglón N° 4 TRAMO PORTUARIO NORTE, correspondiente a los oferentes IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U., CPC S.A., BASAA S.A. - CECOSA S.A., PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A. y CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A. (cf., IF-2026-67186072-APN-DCYS#MOP).
Que la Dirección de Contrataciones actuante en el ámbito de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Infraestructura de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía informó que ha operado el cumplimiento del plazo de vista y de observaciones establecido en artículo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y destacó que han podido tomar vista de las actuaciones los oferentes PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F. e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A.; PAOLINI HNOS S.A.- SE.MI. S. A - C&E CONSTRUCCIONES SA - CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A.; ROVELLA CARRANZA S.A. - JCR S.A.; CREDITECH S.A.; CPC S.A.; JOSE J. CHEDIACK S.A.I.C.A.- BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. (cf., PV-2026-68693928-APN-SSGAI#MEC).
Que la Comisión Evaluadora designada a tal efecto mediante la resolución 112/2026 del Ministerio de Economía, analizó la totalidad de las ofertas económicas presentadas por los oferentes previamente precalificados, así como las observaciones formuladas durante el período previsto en el artículo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, emitiendo el correspondiente Dictamen de Evaluación de las Ofertas Económicas, en el cual concluyó que las ofertas recomendadas cumplen íntegramente las condiciones establecidas en la documentación licitatoria y constituyen, para cada uno de los renglones objeto del procedimiento, las ofertas económicamente más convenientes para el interés público conforme los criterios previstos en el inciso i del artículo 17.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y en el artículo 7.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (cf., IF-2026-68828056-APN-SCIN#MEC e IF-2026-69114029-APN-SCIN#MEC).
Que, en consecuencia, la Comisión Evaluadora efectuó un análisis comparativo integral de las propuestas del cual surge que las formuladas por CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A. para el Renglón N° 1 TRAMO MEDITERRÁNEO, BASAA S.A. - CECOSA S.A. para el Renglón N° 2 TRAMO PUNTANO, CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A. para el Renglón N° 3 TRAMO PORTUARIO SUR y CPC S.A. para el Renglón N° 4 TRAMO PORTUARIO NORTE se ajustan plenamente a las condiciones de los pliegos y resultan económicamente las más convenientes para el interés público, conforme los criterios establecidos en el inciso i del artículo 17.1 del referido Pliego de Bases y Condiciones Generales y el artículo 7.3 del citado Pliego de Bases y Condiciones Particulares (cf., IF-2026-68828056-APN-SCIN#MEC e IF-2026-69114029-APN-SCIN#MEC).
Que en función de las conclusiones expuestas, la Comisión Evaluadora recomendó el orden de mérito y la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 504-0015-LPU25 a las ofertas ubicadas en el primer orden de mérito de cada renglón (cf., IF-2026-68828056-APN-SCIN#MEC e IF-2026-69114029-APN-SCIN#MEC).
Que, conforme lo dispuesto en el artículo 15.8 del Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente contratación, y luego de cumplida la publicidad reglamentaria en el sitio CONTRAT.AR, el dictamen respectivo no ha recibido impugnación alguna.
Que, en consecuencia, corresponde aprobar lo actuado en la segunda etapa del procedimiento licitatorio y adjudicar la Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504-0015-LPU25 en los términos recomendados por la Comisión Evaluadora.
Que la Secretaría de Transporte y la Secretaría de Coordinación de Infraestructura ambas de este ministerio han tomado la intervención de su competencia.
Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” de este ministerio ha tomado intervención de su competencia.
Que la Sindicatura General de la Nación ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 2°, 3° y 4° del decreto 97 del 14 de febrero de 2025.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado en la segunda etapa correspondiente a la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 504-0015-LPU25 para la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento, prestación de servicios al usuario y la realización de nuevas explotaciones complementarias o colaterales que permitan obtener ingresos adicionales bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje en el marco de la ley 17.520 y sus modificatorias, Tramos Mediterráneo, Puntano, Portuario Sur y Portuario Norte de la “Red Federal de Concesiones - Etapa II-B”.
ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 504-0015-LPU25 a las ofertas ubicadas en el primer orden de mérito de cada renglón, conforme el siguiente detalle:
a. Renglón N° 1 TRAMO MEDITERRÁNEO: Oferta N° 38: CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A.: mil novecientos ochenta y nueve pesos con sesenta y siete centavos ($1.989,67) sin IVA, por el plazo de veinte (20) años.
b. Renglón N° 2 TRAMO PUNTANO: Oferta N° 27: BASAA S.A. - CECOSA S.A.: mil cuatrocientos cuarenta pesos con ocho centavos ($1.440,08) sin IVA, por el plazo de veinte (20) años.
c. Renglón N° 3 TRAMO PORTUARIO SUR: Oferta N° 40: CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A.: mil doscientos cincuenta y seis pesos con tres centavos ($1.256,03) sin IVA, por el plazo de veinte (20) años.
d. Renglón N° 4 TRAMO PORTUARIO NORTE: Oferta N° 14: CPC S.A.: mil ochocientos cincuenta y seis pesos ($1.856) sin IVA, por el plazo de veinte (20) años.
ARTÍCULO 3°.- Ubícanse a las siguientes ofertas en los lugares del orden de mérito, conforme el siguiente detalle:
a.- Para el Renglón N° 1 TRAMO MEDITERRÁNEO: en segundo orden de mérito a la Oferta N° 15: JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A - GUIGIVAN S.R.L. por la tarifa ofertada de dos mil doscientos noventa y ocho pesos ($2.298) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en tercer orden de mérito a la Oferta N° 26: BASAA S.A. - CECOSA S.A. por la tarifa ofertada de dos mil trescientos veinticuatro pesos con treinta y ocho centavos ($2.324,38) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en cuarto orden de mérito a la Oferta N° 19: INMAC S.A. - ROWING S.A. - TECNOEDIL S.A. CONSTRUCTORA por la tarifa ofertada de dos mil trescientos treinta y ocho pesos con ochenta y ocho centavos ($2.338,88) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en quinto orden de mérito a la Oferta N° 11: CPC S.A. por la tarifa ofertada de dos mil cuatrocientos diez pesos ($2.410) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en sexto orden de mérito a la Oferta N° 33: PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A. por la tarifa ofertada de dos mil cuatrocientos ochenta y siete pesos ($2.487) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en séptimo orden de mérito a la Oferta N° 31: PAOLINI HNOS S.A. - SEMI.S.A. - C&E CONSTRUCCIONES S.A. - CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A. por la tarifa ofertada de dos mil quinientos noventa y cinco pesos ($2.595) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en octavo orden de mérito a la Oferta N° 1: ROVELLA CARRANZA S.A. - JCR S.A. por la tarifa ofertada de dos mil seiscientos tres pesos con treinta y un centavos ($2.603,31) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en noveno orden de mérito a la Oferta N° 3: IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U. por la tarifa ofertada de dos mil seiscientos treinta y cinco pesos con noventa y nueve centavos ($2.635,99) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en décimo orden de mérito a la Oferta N° 24: LUCIANO CONSTRUCCIONES S.A. por la tarifa ofertada de tres mil ochenta y seis pesos ($3.086) sin IVA por el plazo de veinte (20) años.
b.- Para el Renglón N° 2 TRAMO PUNTANO: en segundo orden de mérito a la Oferta N° 2: ROVELLA CARRANZA S.A. – JCR S.A. por la tarifa ofertada de mil setecientos sesenta y un pesos con noventa y ocho centavos ($1.761,98) sin IVA por el plazo de veinte (20) años y la Oferta N° 10: CN SAPAG S.A. - VÍCTOR M. CONTRERAS Y CÍA. S.A. por la tarifa ofertada de mil setecientos sesenta y un pesos con noventa y ocho centavos ($1.761,98) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en cuarto orden de mérito a la Oferta N° 39: CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A. por la tarifa ofertada de mil novecientos sesenta y cinco pesos con veintinueve centavos ($ 1.965,29) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en quinto orden de mérito a la Oferta N° 34: PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A. por la tarifa ofertada de mil novecientos ochenta y siete pesos ($1.987) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en sexto orden de mérito a la Oferta N° 12: CPC S.A. por la tarifa ofertada de dos mil veintiséis pesos ($ 2.026) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en séptimo orden de mérito a la Oferta N° 4: IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U. por la tarifa ofertada de dos mil ciento sesenta y tres pesos con noventa y nueve centavos ($2.163,99) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en octavo orden de mérito a la Oferta N° 37: JOSÉ J. CHEDIACK S.A.I.C.A. - BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. por la tarifa ofertada de dos mil ciento ochenta y cuatro pesos con cincuenta y dos centavos ($2.184,52) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en noveno orden de mérito a la Oferta N° 25: LUCIANO CONSTRUCCIONES S.A. por la tarifa ofertada de dos mil ciento noventa y cinco pesos ($2.195) sin IVA por el plazo de veinte (20) años.
c.- Para el Renglón N° 3 TRAMO PORTUARIO SUR: en segundo orden de mérito a la Oferta N° 32: PAOLINI HNOS S.A. - SEMI.S.A. - C&E CONSTRUCCIONES S.A. - CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A. por la tarifa ofertada de mil quinientos setenta pesos ($1.570) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en tercer orden de mérito a la Oferta N° 35: PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A. por la tarifa ofertada de mil setecientos cincuenta y siete pesos ($1.757) sin IVA por el plazo de (20) años, en cuarto orden de mérito a la Oferta N° 13: CPC S.A. por la tarifa ofertada de mil ochocientos veinte pesos ($1.820) sin IVA (20) años, en quinto orden de mérito a la Oferta N° 30: CONCRET NOR S.A. - MARCALBA S.A. - POSE S.A. - COARCO S.A. por la tarifa ofertada de dos mil sesenta y cinco pesos ($2.065) sin IVA (20) años, en sexto orden de mérito a la Oferta N° 5: IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U. por la tarifa ofertada de dos mil doscientos cuarenta y cuatro pesos con noventa y nueve centavos ($2.244,99) sin IVA (20) años y en séptimo orden de mérito a la Oferta N° 28: BASAA S.A. - CECOSA S.A. por la tarifa ofertada de dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos con sesenta y tres centavos ($2.444,63) sin IVA por el plazo de (20) años.
d.- Para el Renglón N° 4 TRAMO PORTUARIO NORTE: en segundo orden de mérito a la Oferta N° 36: PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A. por la tarifa ofertada de mil ochocientos sesenta y siete pesos ($1.867) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en el tercer orden de mérito a la Oferta N° 41: CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A. por la tarifa ofertada de dos mil ciento treinta y cuatro pesos con setenta y un centavos ($2.134,71) sin IVA por el plazo de veinte (20) años, en el cuarto orden de mérito a la Oferta N° 6: IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U. por la tarifa ofertada de dos mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos con noventa y nueve centavos ($2.469,99) sin IVA por el plazo de veinte (20) años y en el quinto orden de mérito a la Oferta N° 29: BASAA S.A. - CECOSA S.A. por la tarifa ofertada de tres mil trescientos treinta y siete pesos con sesenta centavos ($3.337,60) sin IVA por el plazo de veinte (20) años.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese la presente medida a los oferentes ROVELLA CARRANZA S.A. - JCR S.A.; IEB CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - TRADING MRG S.A.U.; CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS DEL OESTE S.A. - EDMACAR CONSTRUCTORA VIAL S.A.; CN SAPAG S.A. - VÍCTOR M. CONTRERAS Y CÍA. S.A.; CPC S.A.; JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. - GUIGIVAN S.R.L.; JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. - INGENIERO ALBERTO REANO S.A. - GUIGIVAN S.R.L.; VIAL AGRO S.A.; INMAC S.A. - ROWING S.A. - TECNOEDIL S.A. CONSTRUCTORA; ROVIAL S.A.- OBRING S.A. - JOSÉ ELEUTERIO PITÓN S.A.- EDECA S.A.; AUTOVÍA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A. - GUIGIVAN S.R.L.; LUCIANO CONSTRUCCIONES S.A.; BASAA S.A. - CECOSA S.A.; CONCRET NOR S.A. - MARCALBA S.A. - POSE S.A. - COARCO S.A.; PAOLINI HNOS S.A. - SEMI.S.A. - C&E CONSTRUCCIONES S.A. - CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A.; PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F e I. - SUPERCEMENTO S.A.I.C. - ELEPRINT S.A.; JOSÉ J. CHEDIACK S.A.I.C.A. - BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. y CREDITECH S.A. - PLANTEL S.A.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 28/07/2026 N° 52498/26 v. 28/07/2026
Fecha de publicación 28/07/2026