ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 673/2026
RESOL-2026-673-APN-ENACOM#JGM FECHA 27/07/2026
EX-2020-07581761- -APN-REYS#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL PARTIDO DE RAMALLO LIMITADA , en el Registro de Servicios TIC , el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, en las localidades de Ramallo, y El Paraíso, ambas de la Provincia de Buenos Aires. 2.- Comunicar a la licenciataria que deberá dar cumplimiento a las obligaciones del Artículo 95 de la Ley N° 27.078 y modificatorios, en cuanto a la preservación de las condiciones competitivas en las localidades de Ramallo, y El Paraíso, ambas de la Provincia de Buenos Aires, como así también, con lo previsto por el Artículo 7° del Decreto N° 1.340/16, en relación a la oferta conjunta de servicios. 3.- La presente inscripción no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENACOM. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.-Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.
e. 29/07/2026 N° 52648/26 v. 29/07/2026
Fecha de publicación 29/07/2026