AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
Resolución 45/2026
RESOL-2026-45-APN-ANPYN#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2026
VISTO el Expediente EX-2026-63223678- -APN-GCLYA#ANPYN, la Ley N° 24.093 y su Decreto reglamentario N° 769/1993, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3 del 3 de enero de 2025, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, la Resolución N° 26 de fecha 30 de mayo de 2025, de esta Agencia Nacional de Puertos y Navegación, las Disposiciones Nros. 62, 63 y 65, todas de fecha 27 de septiembre de 2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la contratación del “Servicio de Relevamiento Integral Multimodal, Sistémico y Georreferenciado de Infraestructuras Portuarias, comprendiendo áreas terrestres, áreas acuáticas y zonas de interfase tierra–agua en todo el país”, por el plazo de DOCE (12) meses, con opción a prórroga por hasta igual término y/o hasta agotar las cantidades máximas de servicios solicitados, mediante el Proceso de Licitación Pública N° 508-0001-LPU26, con modalidad de orden de compra abierta.
Que de acuerdo a lo manifestado por la Subgerencia de Permisos, Concesiones y Convenios dependiente de la Gerencia Comercial, mediante Nota N° NO-2026-62751016-APN-GC#ANPYN, la presente contratación resulta necesaria en el marco del “Programa de Regularización de Muebles e Inmuebles en Jurisdicción Portuaria” aprobado por Resolución N° 26/2025, con el objeto de disponer de un sistema integral que permita la generación de imágenes georreferenciadas, modelos tridimensionales basados en nubes de puntos y bases de datos espaciales. Dicho sistema posibilitará completar, actualizar y consolidar la información catastral de los predios comprendidos en la jurisdicción portuaria nacional. El servicio permitirá obtener información geométrica, espacial y documental confiable, precisa y verificable, constituyendo un insumo base indispensable para la correcta delimitación de la jurisdicción portuaria, la regularización dominial de los inmuebles, la consolidación de una base catastral única y actualizada, la planificación estratégica y la toma de decisiones, así como el fortalecimiento de los sistemas de información geográfica de la Agencia.
Que la Subgerencia de Compras, Contrataciones y Convenios ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de conformidad con lo solicitado por el área requirente, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
Que luce agregada la constancia de la Solicitud de Contratación N° 508-3-SCO26, tramitada mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “COMPR.AR” de conformidad con lo establecido en la Disposición Nº 65/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, de fecha 27 de septiembre de 2016 por la suma total de PESOS DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($2.573.550.000).
Que corresponde encuadrar la presente como Licitación Pública prevista en los Artículos 24 y 25, inciso a), del Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y conforme lo previsto en los Artículos 10 y 27, inciso c), del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el citado Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, bajo la modalidad de orden de compra abierta, conforme Artículo 25, inciso c) del precitado “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” y Artículos 111 y 112 del Anexo I de la Disposición N° 62 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que por la Disposición N° 62 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la ex SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y sus modificatorias, se aprobó el Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional para las contrataciones que se gestionen aplicando el Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios, y el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorios.
Que mediante la Disposición N° 63 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones y sus modificatorias, se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional que debe ser utilizado en forma obligatoria en los procedimientos de selección que lleven a cabo las jurisdicciones y entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL comprendidas en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, y que se rijan por el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorios, a excepción de las contrataciones que se realicen por la modalidad de acuerdo marco.
Que por la Disposición Nº 65 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la precitada Oficina Nacional de Contrataciones y sus modificatorias, se habilitó el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado “COMPR.AR”, cuyo sitio de internet es https://comprar.gob.ar, como medio para efectuar en forma electrónica todos los procedimientos prescriptos en el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorios.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 62 del Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorias, corresponde designar a los integrantes de la Comisión Evaluadora.
Que, en tal sentido, se propicia aprobar el llamado y Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la presente contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, intervino conforme a su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 3 del 3 de enero de 2025.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorícese el llamado a Licitación Pública N° 508-0001-LPU26 de etapa única y de alcance nacional, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, que tiene por objeto la contratación del “Servicio de Relevamiento Integral Multimodal, Sistémico y Georreferenciado de Infraestructuras Portuarias, comprendiendo áreas terrestres, áreas acuáticas y zonas de interfase tierra–agua en todo el país”.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2026-71735535-APN-GC#ANPYN) y el anexo de Especificaciones Técnicas (IF-2026-62727103-APN-GC#ANPYN), que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Subgerencia de Compras, Contrataciones y Convenios dependiente de la Gerencia Comercial de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, a llevar a cabo el procedimiento correspondiente a la convocatoria, determinar la hora, fecha de las presentaciones y apertura de las propuestas, como así también a efectuar todos los trámites atinentes al procedimiento.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como integrantes de la Comisión Evaluadora en carácter de miembros titulares a: María Eugenia GODOY (DNI N° 34.305.354), Fabián Alejandro OTERO (DNI N° 20.426.851) y Javier OTERO (DNI N° 28.021.746); y como miembros suplentes a Jorge Ignacio ANTONIONE BLATTNER (DNI N° 37.379.519), Ivana Nayla BUDZIÑSKI (DNI N° 36.882.652) y VERÓNICA BENINATO (DNI N°34.344.431) sustituyen, en caso de ausencia o impedimento, a las personas designadas como miembros titulares.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la implementación de la presente medida será imputado a las partidas específicas del Servicio Administrativo Financiero 673, para los Ejercicios correspondientes.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Iñaki Miguel Arreseygor
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en https://comprar.gob.ar.
e. 05/08/2026 N° 54335/26 v. 05/08/2026
Fecha de publicación 05/08/2026