ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 438/2026
Resolución RESFC-2026-438-APN-DIRECTORIO#ENREGE
Expediente EX-2025-55844378-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 18 de AGOSTO de 2026
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD ha resuelto ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Ampliación del Sistema de Distribución de Energía Eléctrica presentada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.), para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de la obra consistente en la construcción, montaje y puesta en servicio de la nueva Subestación (SE) LUIS GUILLÓN (N° 187) de 132/13,2 kV - 2 x 40 MVA, en el Partido de Esteban Echeverría, Provincia de BUENOS AIRES, que se vinculará a la red de Alta Tensión (AT) de EDESUR S.A. en 132 kV desde la SE TRANSRADIO con la construcción de DOS (2) campos de salida y un electroducto de doble terna con cables XLPE de 132 kV - 160 MVA y OCHO KILÓMETROS (8 km) de longitud, los cuales serán identificados como N° 525 y N° 526. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos -a ser computados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada- para que, quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENReGE. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, se aprobará el CCyNP y el ENReGE procederá a indicar esta condición en el “Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución” en la página web del ENReGE e informará a las partes. 5.- Hacer saber a EDESUR S.A. deberá implementar un Sistema de Gestión Ambiental (SGA) sobre las instalaciones bajo su responsabilidad para dar cumplimiento a la Resolución del ex ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 558 de fecha 4 de noviembre de 2022. 6.- Establecer que EDESUR S.A. deberá gestionar los planos de mensura y las modificaciones necesarias para la constitución de la Servidumbre Administrativa de Electroducto (SAE) e inscripción en el Registro de la Propiedad del Inmueble, conforme a la Ley N° 19.552 y el artículo 69 de la Ley N° 24.065, constituyendo la SAE a su favor, siendo responsable de realizar todas las acciones tendientes a la constitución definitiva de la misma conforme los artículos 4 y 6 de la Ley N° 19.552. 7.- Notificar a EDESUR S.A. y CAMMESA, en los términos previstos en el artículo 41 del Decreto N° 1.759/72 - T.O. 2017. 8.- Registrar, comunicar, publicar en extracto, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Firmado: Héctor Sergio Falzone - Griselda Lambertini - Marcelo Alejandro Nachon - Vicente Serra. -
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Unidad Secretaría de Directorio - Electricidad.
e. 20/08/2026 N° 58436/26 v. 20/08/2026
Fecha de publicación 20/08/2026