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25 de Agosto de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA GENERAL

Resolución 355/2026

RESOL-2026-355-APN-SGP

Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2026

VISTO el EX-2026-50509777- -APN-CGD#SGP, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.798, los Decretos Nros. 620 del 10 de abril de 2008 y sus modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 958 del 25 de octubre de 2024 y 793 del 10 de noviembre de 2025, la Decisión Administrativa N° 1 del 19 de enero de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Ley N° 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2026.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 1/26 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2026.

Que por el Decreto N° 958/24 se estableció que corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que por el Decreto Nº 793/25 se sustituyó el artículo 9º del Título III de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t. o. por Decreto Nº 438/92) y se dispuso que las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas, entre otras, por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 620/08 se creó la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que dicha Unidad Médica cuenta con UN (1) Cuerpo Médico integrado por SIETE (7) Médicos Asistentes, con carácter extraescalafonario, los que tienen una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 9 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que resulta necesario proceder a la cobertura de UN (1) cargo Médico Asistente de dicha unidad.

Que la presente designación se dicta con excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.798, en los términos del Decreto N° 620/08.

Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN informó que se cuenta con el crédito presupuestario necesario a fin de atender el gasto resultante de la presente medida.

Que las áreas técnicas del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaria Legal de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 958/24.

Por ello,

LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dáse por designado, a partir del 4 de mayo de 2026, al doctor Matías Federico WILLIG (D.N.I. Nº 27.011.301) en el cargo extraescalafonario de Médico Asistente de la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 9 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20.01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Karina Elizabeth Milei

e. 25/08/2026 N° 59486/26 v. 25/08/2026

Fecha de publicación 25/08/2026