ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
Resolución 33/2026
RESFC-2026-33-E-ERAS-SEJ#ERAS
Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2026
VISTO lo actuado en el EX-2026-00016632- -ERAS-SEJ#ERAS del registro del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS); el Marco Regulatorio aprobado como Anexo 2 de la Ley Nº 26.221, texto ordenado por Decreto N° 805 del 12 de noviembre de 2025; la Resolución ERAS N° 2 del 20 de enero de 2025 y su modificatoria la Resolución ERAS N° 19 del 29 de mayo de 2026; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.221 de fecha 13 de febrero de 2007 (B.O. 2/3/07), se aprobó, como Anexo 1, el Convenio Tripartito suscripto con fecha 12 de octubre de 2006 entre el entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a través del cual se dispuso la creación del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) para el ejercicio de funciones de control y regulación de la prestación del servicio, de los aspectos económicos de la concesión y de la atención de los reclamos de los usuarios.
Que posteriormente, a través del Decreto N° 805/25, se aprobó el texto ordenado del Marco Regulatorio, Anexo 2 de la mencionada Ley N° 26.221, estableciendo en su artículo 38° que: “El Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) tiene como finalidad ejercer el poder de policía, de regulación y control en materia de prestación del Servicio Público a cargo de la Concesionaria en el Área Regulada y en el Área No Regulada donde existan instalaciones operadas por la Concesionaria para la prestación del Servicio Público, de conformidad con lo establecido en este Marco Regulatorio y en el Contrato de Concesión.”
Que el artículo 42° del citado Marco Regulatorio establece las facultades y obligaciones del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO para el cumplimiento de su finalidad de control en materia de prestación del servicio público de provisión de agua potable y desagües cloacales.
Que en cumplimiento de la referida normativa, la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS del Organismo instó la contratación que tiene por objeto la adecuación, remodelación y puesta en valor de las oficinas de la GERENCIA DE ATENCIÓN AL USUARIO ubicadas en la planta baja del edificio sede del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO, sito en la Av. Callao N° 976/82 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo las especificaciones técnicas y condiciones requeridas para su implementación y estimando a tal efecto un presupuesto de PESOS CIENTO SETENTA MILLONES ($ 170.000.000.-) IVA incluido.
Que la unidad requirente fundamentó la presente solicitud en la necesidad de adecuar funcional y técnicamente los espacios a intervenir, a fin de responder a las actuales demandas operativas, mejorar la calidad de la atención al usuario y optimizar las condiciones de trabajo del personal, señalando que la configuración actual ha quedado desactualizada respecto de los requerimientos funcionales vigentes, presentando una organización fragmentada, barreras físicas que dificultan la integración de los sectores, afectan la circulación, limitan el aprovechamiento de la iluminación y ventilación natural y generan ineficiencias tanto en la atención al usuario como en la dinámica interna del Organismo.
Que, asimismo, destacó que la intervención proyectada se encuentra alineada con los requisitos establecidos en las cláusulas 7.1.3 (Infraestructura) y 7.1.4 (Ambiente para la operación de los procesos) de la Norma IRAM-ISO 9001:2015, en cuanto exigen determinar, proporcionar y mantener la infraestructura y las condiciones ambientales necesarias para la adecuada operación de los procesos, permitiendo subsanar las deficiencias existentes en materia de iluminación, ventilación, higiene e infraestructura, readecuar sectores críticos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, de fecha 21 de abril de 1972 (B.O. 28/04/72) y su Decreto Reglamentario N° 911/96, dictado el 5 de agosto de 1996 (B.O. 14/08/96) y actualizar las instalaciones del Organismo, en concordancia con el vigente “Protocolo de Gestión Ambiental y Mejora Continua”.
Que, finalmente, la citada unidad señaló que la ejecución de las obras en esta etapa resulta oportuna, por cuanto permitirá abordar en forma integral las intervenciones necesarias, evitando mayores costos operativos derivados de su postergación y soluciones parciales sucesivas, habiéndose previsto su desarrollo sobre un edificio en funcionamiento, resguardando la continuidad operativa del Organismo, la seguridad de usuarios y trabajadores y la minimización de las interferencias durante su ejecución.
Que, por lo expuesto, la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS encuadró el procedimiento de licitación pública conforme lo establecido en el artículo 15º del Reglamento de Contrataciones del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO aprobado por la Resolución ERAS Nº 2 del 20 de enero de 2025 (RESFC-2-25-E-ERAS-SEJ#ERAS - B.O. 22/01/25) y su modificatoria la Resolución ERAS Nº 19 del 29 de mayo de 2026 (RESFC-19-26-E-ERAS- SEJ#ERAS - B.O. 2/06/26) y confeccionó los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
Que, asimismo, la referida unidad comunicó a la COORDINACIÓN DE DIRECTORIO el inicio de los procedimientos para llevar a cabo la contratación solicitada, mediante el memorándum ME-2026- 00017252-ERAS-ADYF#ERAS, conforme a lo dispuesto en el artículo 10º del citado Reglamento de Contrataciones.
Que, además, la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS dejó constancia que existe disponibilidad financiera para hacer frente a la erogación de que se trata.
Que la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que el Directorio del Organismo se encuentra facultado para emitir el presente acto, conforme lo normado por el artículo 48°, incisos e) y l), del Marco Regulatorio aprobado como Anexo 2 de la Ley Nº 26.221 (t.o. Dto. N° 805/25).
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el llamado a licitación pública para la contratación de la “Adecuación, remodelación y puesta en valor de las oficinas de la GERENCIA DE ATENCIÓN AL USUARIO ubicadas en la planta baja del edificio sede del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), sito en la Av. Callao N° 976/82 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, por un presupuesto de PESOS CIENTO SETENTA MILLONES ($ 170.000.000.-) IVA incluido; de acuerdo a lo normado por el Reglamento de Contrataciones del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO, el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobados por la Resolución ERAS Nº 2/25 y su modificatoria la Resolución ERAS Nº 19/26 y lo prescripto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas que, como Anexos I y II, respectivamente (IF-2026-00019036-ERAS-ERAS e IF-IF-2026-00019037-ERAS-ERAS), forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese y dése intervención a la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS a fin de proseguir con las tramitaciones correspondientes.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese.
Walter Mendez - Leandro Luis Caruso - - Cintia Edit Gefre
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 02/09/2026 N° 62599/26 v. 02/09/2026
Fecha de publicación 02/09/2026