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3 de Septiembre de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 29/2026

RESOL-2026-29-E-ARCA-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2026

VISTO el expediente electrónico EX-2026-00976301- -ARCA-SITOADBARI#SDGOAI, y

CONSIDERANDO

Que la firma LOGIHUB S.R.L., CUIT Nº 30-71934031-4, ha presentado mediante SITA 26004SITA000108D de fecha 6 de abril de 2026, un estudio de prefactibilidad para la habilitación de un depósito fiscal general ubicado en la Ruta Nacional 40, km. 2043, Fracción 13, de la localidad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, jurisdicción de la Aduana homónima, en el marco de la Resolución General AFIP N° 4352, su modificatoria y complementarias.

Que en la citada presentación, la firma solicitó la prefactibilidad de un depósito fiscal general con una superficie total aproximada de CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (4.868 m2), compuesta por una superficie cubierta de UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (1.280 m2) y una descubierta de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (3.588 m2) para el almacenamiento de productos químicos, petroquímicos, minerales, alimentos, pescados y sus derivados, inflamables, subproductos y manufacturas, entre otros.

Que a tales fines la firma aportó información y documentación relativa al tipo de mercadería a almacenar, trazabilidad de la cadena logística, cantidad y descripción de operaciones, inversiones proyectadas y tecnología a utilizar para los elementos de control no intrusivos según lo requerido por la normativa vigente.

Que al respecto, han tomado la intervención que les compete, el administrador de aduana local, la Sección Evaluación y Control Operativo, la Sección Riesgo Regional y la Dirección Regional Aduanera Río Colorado mediante PV-2026-01112621-ARCA-ADBARI#SDGOAI, IF-2026-01147723-ARCA-SECODVIRRC#SDGOAI, IF-2026-01154851-ARCA-SRRGDVIRRC#SDGOAI y PV-2026-01181216-ARCA-DIRARC#SDGOAI, respectivamente.

Que han intervenido en los presentes, el Departamento Nuevas Tecnologías y Proyectos Especiales Aduaneros mediante PV-2026-01567671-ARCA-DENTPE#DGADUA indicando que se encuentran cumplidos los aspectos técnicos del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), premisa compartida por la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros mediante PV-2026-01605665-ARCA-DIREPA#DGADUA.

Que en cuanto al escáner propuesto por el permisionario, el Departamento Nuevas Tecnologías y Proyectos Especiales Aduanero mediante PV-2026-02052615-ARCA-DENTPE#DGADUA comparte el informe de la Sección Análisis de Nuevas Tecnologías, IF-2026-02050120-ARCA-SANTDENTPE#DGADUA indicando que el equipamiento de control no intrusivo reúne los requisitos mínimos establecidos en la normativa vigente.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que le compete la Subdirección General Técnico Legal Aduanera mediante informe IF-2026-02136066-ARCA-DILEGA#SDGTLA de fecha 8 de Julio de 2026, la Subdirección de Asuntos Jurídicos a través del Informe IF-2026-02198931-ARCA-DVDRTA#SDGASJ de fecha 16 de Julio de 2026 y la Subdirección de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar la solicitud de prefactibilidad presentada por la firma en trato.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA de fecha 16 de marzo de 2018, DI-2026-30-E-ARCA-ARCA de fecha 26 de marzo de 2026 y el Decreto 953 de fecha 25 de octubre de 2024.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese la prefactibilidad del proyecto para la habilitación de un depósito fiscal general de la firma LOGIHUB S.R.L., CUIT Nº 30-71934031-4 ubicado en la Ruta Nacional 40, km. 2043, Fracción 13, de la localidad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, jurisdicción de la Aduana homónima, con una superficie total aproximada de CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (4.868 m2), compuesta por una superficie cubierta de UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (1.280 m2) y una descubierta de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (3.588 m2), en los términos del artículo 3º de la Resolución General AFIP N° 4352, su modificatoria y complementarias.

ARTÍCULO 2°: Establécese que a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá iniciar el trámite de habilitación normado en la Resolución General AFIP N° 4352, sus modificatorias y complementarias y cumplir los requerimientos documentales, físicos y tecnológicos especificados en la misma.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Río Colorado y la Aduana de San Carlos de Bariloche. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado. Continúese con los trámites de rigor.

Carlos Jose Zorzano

e. 03/09/2026 N° 63061/26 v. 03/09/2026

Fecha de publicación 03/09/2026