SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Resolución 105/2026
RESOL-2026-105-APN-SLYT
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2026-75046426-APN-DRRHHYO#SLYT, las Leyes Nros. 25.164 y 27.798, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y 958 del 25 de octubre de 2024 y la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 62 del 28 de julio de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la limitación de la asignación transitoria de funciones del doctor Alberto Oscar SETTE en el cargo de Subdirector Nacional del Registro Oficial de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, dispuesta por la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 62/25.
Que, por otra parte, se propicia asignar transitoriamente al citado agente las funciones de Director Nacional del Registro de Dominios de Internet de esta Secretaría.
Que por la Ley N° 27.798 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026.
Que atento a que el doctor Alberto Oscar SETTE no reúne los requisitos establecidos en el artículo 112 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, es que resulta necesario exceptuarlo del cumplimiento de los mismos.
Que la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO autorizó la presente asignación transitoria de funciones con carácter de excepción a los requisitos establecidos en el artículo 112 del referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
Que procede el dictado de la presente medida con el objeto de asegurar el normal funcionamiento y la plena operatividad de esta Secretaría.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN tomó la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las competencias conferidas por los artículos 1° del Decreto N° 101/85 y 2° del Decreto N° 958/24.
Por ello,
LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por limitada, a partir del 1° de agosto de 2026, la asignación transitoria de funciones de Subdirector Nacional del Registro Oficial de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Función Ejecutiva Nivel II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, al doctor Alberto Oscar SETTE (D.N.I. N° 12.490.919), dispuesta por la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 62 del 28 de julio de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 1° de agosto de 2026, las funciones de Director Nacional del Registro de Dominios de Internet de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel A - Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, al doctor Alberto Oscar SETTE (D.N.I. N° 12.490.919), quien revista en la planta permanente de esta Secretaría en UN (1) cargo Nivel B - Grado 10, Agrupamiento General, Tramo General del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, de conformidad con lo dispuesto en el Título X del mismo y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 112 del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la asignación transitoria de funciones dispuesta en el artículo 2° de la presente resolución no podrá superar el plazo de TRES (3) años, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20.02 - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Ibarzabal Murphy
e. 09/09/2026 N° 65016/26 v. 09/09/2026
Fecha de publicación 09/09/2026