MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN
Resolución 406/2026
RESOL-2026-406-APN-SCYC#MRE
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2026
VISTO el Expediente electrónico EX-2026-70802849-APN-DGD#MRE del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la Ley N° 24.483 y su Decreto Reglamentario N° 491 de fecha 21 de septiembre de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que “INSTITUTO RELIGIOSO SIERVAS DE LA MISERICORDIA DE DIOS” es un instituto de vida consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATÓLICA APOSTOLICA ROMANA conforme las normas del Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, y memoria debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica competente.
Que conforme lo prescriben los Artículos 4° de la Ley N° 24.483 y 1° del Decreto N° 1092/97, las personas jurídicas comprendidas en el régimen de la ley citada serán consideradas a todos los efectos entidades de bien público y beneficiarias del tratamiento dispensado por el Artículo 26, inciso e) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención en virtud de lo establecido en el artículo 7° inciso d) de la Ley 19.549 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 17 del Decreto N° 491/95 y Artículo 3° de la Resolución N° 73 de fecha 14 de marzo de 2025 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO Y CIVILIZACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Reconócese como persona jurídica a “INSTITUTO RELIGIOSO SIERVAS DE LA MISERICORDIA DE DIOS” con sede legal en la calle Paso de Fátima N° 200 Piso 1° departamento 1, localidad de Villa Dolores, PROVINCIA DE CORDOBA y domicilio especial en la calle Av. Alvear N° 1605, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES el que queda inscripto bajo el número CUATROCIENTOS TRECE (413) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
ARTÍCULO 2°.- Reconocer a dicho instituto el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.
ARTÍCULO 3°.- Hágase saber que la referida persona jurídica se encuentra beneficiada por el tratamiento dispensado por el Artículo 26 inciso e) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019), conforme el Decreto N° 824/2019.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Agustin Caulo
e. 14/09/2026 N° 66065/26 v. 14/09/2026
Fecha de publicación 14/09/2026