MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución 37/2026
RESOL-2026-37-APN-STEYFP#MDYTE
Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2026
VISTO el Expediente N° EX-2018-49229453- -APN-DGD#MHA del registro del ex MINISTERIO DE HACIENDA, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012 y su modificatoria, y N° 163 de fecha 15 de mayo de 2014, y la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA DEL MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 53 de fecha 8 de julio de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece que el personal podrá acceder al Tramo inmediato superior si acredita el cumplimiento de: a) los requisitos para la promoción al grado inicial de dicho Tramo y b) la certificación de la capacitación, experiencia y competencias laborales mediante el régimen de valoración de méritos que el Estado empleador establezca al efecto, previa consulta a las entidades sindicales en el marco de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.).
Que, mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012 y su modificatoria, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario del Personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que en el Título IV del Anexo I de la precitada Resolución se regularon las actividades de valoración como condición requerida para la promoción al Tramo Escalafonario respectivo.
Que, asimismo, el artículo 10 del Título IV del Anexo I establece que la actividad de valoración será evaluada por un COMITÉ DE ACREDITACIÓN, el cual estará integrado por UN (1) experto en representación del titular del órgano rector respectivo a la actividad si lo hubiere o, caso contrario, del titular de la jurisdicción de revista del postulante, UN (1) experto en representación del titular de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y UN (1) experto de reconocida probidad, experiencia y experticia en la materia.
Que el artículo 5° del Título II, Capítulo I del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 163 de fecha 15 de mayo de 2014, establece que la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA resolvía la integración de los Comités de Acreditación para la promoción de Tramo Escalafonario.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación para la Administración Pública Nacional y los objetivos de las unidades organizativas establecidas en el mismo, asignándose a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA la responsabilidad de “asistir al Ministro en el diseño, desarrollo e implementación de las políticas de capacitación y carrera administrativa para el personal de la Administración Pública Nacional”.
Que, por la Resolución de la SECRETARÍA TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 53 de fecha 8 de julio de 2025, se aprobó la conformación del Comité Órgano Rector de acreditación para la promoción de tramo escalafonario para puestos o funciones comprendidos en la materia “SERVICIOS ADMINISTRATIVOS FINANCIEROS” del MINISTERIO DE ECONOMIA y se designaron sus secretarios técnicos administrativos.
Que, en razón de que se han producido luego del dictado de la Resolución de la SECRETARÍA TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA N° 53/25 numerosos movimientos y bajas de personal, así como modificaciones en la conformación del gabinete de ministros y en la estructura de los Ministerios, resulta necesario rectificar la conformación del citado comité y designar a sus nuevos integrantes y secretarios técnicos administrativos.
Que, mediante IF-2025-140165511-APN-DGYDCP#MDYTE, ha tomado intervención la DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE CARRERA DEL PERSONAL de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de esta Secretaría, propiciando la conformación que se tramita por el presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en razón de las facultades conferidas por el artículo 5° de la “Reglamentación del Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público” aprobado por la Resolución de la ex SGyCA N° 163/14 y por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
DEL MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la conformación del Comité Órgano Rector de Acreditación para la Promoción de Tramo Escalafonario para funciones o puestos comprendidos en la materia “SERVICIOS ADMINISTRATIVOS FINANCIEROS” del MINISTERIO DE ECONOMIA, que fuera aprobada por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 53/25.
ARTÍCULO 2º.- Desígnanse Secretario Técnico Administrativo Titular y Alterno y miembros del Comité Órgano Rector de Acreditación para la Promoción de Tramo Escalafonario para funciones o puestos comprendidos en la materia “SERVICIOS ADMINISTRATIVOS FINANCIEROS” del MINISTERIO DE ECONOMIA a las personas consignadas en el Anexo IF-2025-140114943-APN-DGYDCP#MDYTE que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maximiliano Matías Narciso Fariña
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/09/2026 N° 67255/26 v. 16/09/2026
Fecha de publicación 16/09/2026