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16 de Septiembre de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Resolución 936/2026

RESOL-2026-936-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2026

VISTO el Expediente EX-2026-80784244- -APN-DSED#MSG, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Dec. 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 20.655 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorias, 246 del 10 de abril de 2017; la Decisión Administrativa N° 340 del 16 de mayo de 2024 y sus modificatorias y complementarias; la Resolución del Ministerio de Seguridad Nacional N° 354 del 19 de abril de 2017 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 establece que le compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático, y en particular, entender en el ejercicio del poder de policía interno.

Que el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, incluyendo en el Apartado XV del Anexo I la conformación organizativa del Ministerio de Seguridad Nacional.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, a través de la Dirección de Seguridad de Eventos Deportivos dependiente de la Subsecretaria de Despliegue Territorial, entiende en el diseño, aplicación de políticas y estrategias para el control de la seguridad en espectáculos futbolísticos, coordinando las acciones necesarias con las áreas de la Jurisdicción competentes.

Que la Ley N° 20.655 en su artículo 3°, inc. j) establece que el Estado, debe velar por la seguridad y corrección de los espectáculos deportivos.

Que el Decreto N° 246/17, reglamentario de la Ley N° 20.655, faculta al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL a diseñar medidas restrictivas de concurrencia a espectáculos futbolísticos para aquellas personas que puedan generar un riesgo para la seguridad pública.

Que la Resolución N° 354-E/2017 instituyó medidas preventivas frente a hechos de violencia o agresión de espectáculos futbolísticos.

Que las presentes actuaciones se inician con la recepción en la Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos de este MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, de nota una suscripta por el titular de la Dirección Provincial de Seguridad en Eventos Masivos dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia de Santa Fe, en virtud de la cual solicitan la incorporación de MOREIRA, Thomas Agustin DNI. Nº 41.990.028; MARTINEZ, Jorge Daniel DNI. Nº 28.213.942; BALZA, Matías Jonatan David DNI. Nº 33.288.282; PEREZ, Jonatan Leonel DNI. Nº 34.522.803; VERON, Juan DNI. Nº 38.168.861; RONDINELLI, Kevin Ezequiel DNI. Nº 37.276.090; LUGO, Gabriel Alejandro DNI. Nº 35.000.406; LAZARTE, Matías Leandro DNI. Nº 37.786.574 y AVALOS, Federico German con DNI. Nº 44.608.760, a los registros del Programa Tribuna Segura, por haber intentado ingresar indebidamente al estadio “Coloso Marcelo Bielsa” de propiedad del Club Atlético Newell´s Old Boys. Ello, en ocasión del encuentro futbolístico disputado entre los primeros equipos del Club Atlético Tucumán y su similar del Club Atlético Independiente por el torneo Copa Argentina el 12 de agosto del corriente año.

Que en efecto, intervino personal de la Unidad Regional II, División Judiciales, de la Policía de Santa Fe, que como correlato de la petición formulada, labró acta circunstanciada de lo acontecido, y que a sus efectos es acompañada a las presentes actuaciones, dando cuenta que los individuos precitados pretendían ingresar al estadio con entradas apócrifas, situación detectada por personal civil que fiscaliza los ingresos, quienes dieron aviso inmediato al personal policial interviniente.

Que es así que ante la situación planteada, los efectivos policiales que acudieron a la Puerta 3 del estadio precitado, constataron que efectivamente estas personas poseían tickets de ingreso falsos, por lo que se procedió a su detención con las actuaciones de rigor.

Que ante estas circunstancias, y teniendo en cuenta que el espíritu de la normativa de aplicación vigente es preservar el orden y la seguridad en los espectáculos deportivos, focalizándose en la prevención de hechos de violencia durante el desarrollo de los mismos, es necesario neutralizar e impedir la presencia en el evento de personas que pudieran alterar, en cualquier forma la reunión deportiva, resulte pertinente registrar en el Programa Tribuna Segura a los causantes y disponer las medidas previstas.

Que desde la Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos se estima conveniente la aplicación de la figura de “Restricción de Concurrencia Administrativa” a todo evento deportivo en todo el territorio nacional a: MOREIRA, Thomas Agustín DNI. Nº 41.990.028; MARTINEZ, Jorge Daniel DNI. Nº 28.213.942; BALZA, Matías Jonatan David DNI. Nº 33.288.282; PEREZ, Jonatan Leonel DNI. Nº 34.522.803; VERON, Juan DNI. Nº 38.168.861; RONDINELLI, Kevin Ezequiel DNI. Nº 37.276.090; LUGO, Gabriel Alejandro DNI. Nº 35.000.406; LAZARTE, Matías Leandro DNI. Nº 37.786.574 y AVALOS, Federico German con DNI. Nº 44.608.760 por el plazo de dieciocho (18) meses en los términos del artículo 2° y artículo 3° de la Resolución MS Nº 354/17 y modificatorias, en función del Decreto N° 246/17, reglamentario de la Ley N° 20.655 y modificatorias.

Que la medida propiciada tendrá vigencia a partir de su dictado.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el artículo 7° del Decreto N° 246/17.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Aplícase “Restricción de Concurrencia Administrativa” a todo evento deportivo en todo el territorio nacional a: MOREIRA, Thomas Agustín DNI. Nº 41.990.028; MARTINEZ, Jorge Daniel DNI. Nº 28.213.942; BALZA, Matías Jonatan David DNI. Nº 33.288.282; PEREZ, Jonatan Leonel DNI. Nº 34.522.803; VERON, Juan DNI. Nº 38.168.861; RONDINELLI, Kevin Ezequiel DNI. Nº 37.276.090; LUGO, Gabriel Alejandro DNI. Nº 35.000.406; LAZARTE, Matías Leandro DNI. Nº 37.786.574 y AVALOS, Federico German con DNI. Nº 44.608.760 por el plazo de dieciocho (18) meses en los términos de los artículos 2° y 3° de la Resolución MS Nº 354/17 y modificatorias, en función del Decreto N° 246/17, reglamentario de la Ley N° 20.655 y modificatorias.

ARTICULO 2°. - La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.

ARTICULO 3°. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Alejandra Susana Monteoliva

e. 16/09/2026 N° 66959/26 v. 16/09/2026

Fecha de publicación 16/09/2026