ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
Resolución 40/2026
RESFC-2026-40-E-ERAS-SEJ#ERAS
Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2026
VISTO lo actuado en el expediente EX-2025-00027107- -ERAS-SEJ#ERAS del registro del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS); el Marco Regulatorio aprobado como Anexo 2 de la Ley N° 26.221 del 13 de febrero de 2007, texto ordenado por Decreto N° 805 del 12 de noviembre de 2025, la Resolución ERAS N° 2 del 20 de enero de 2025 y su modificatoria, la Resolución ERAS N° 37 del 27 de agosto de 2025; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.221 de fecha 13 de febrero de 2007 (B.O. 2/3/07), se aprobó, como Anexo 1, el Convenio Tripartito suscripto con fecha 12 de octubre de 2006 entre el entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a través del cual se dispuso la creación del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) para el ejercicio de funciones de control y regulación de la prestación del servicio, de los aspectos económicos de la concesión y de la atención de los reclamos de los usuarios.
Que posteriormente, a través del Decreto N° 805/25, se aprobó el texto ordenado del Marco Regulatorio, Anexo 2 de la mencionada Ley N° 26.221, estableciendo, en su artículo 38°, que: “El Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) tiene como finalidad ejercer el poder de policía, de regulación y control en materia de prestación del Servicio Público a cargo de la Concesionaria en el Área Regulada y en el Área No Regulada donde existan instalaciones operadas por la Concesionaria para la prestación del Servicio Público, de conformidad con lo establecido en este Marco Regulatorio y en el Contrato de Concesión.”
Que por la Resolución ERAS Nº 7 de fecha 16 de marzo de 2026 (RESFC-2026-7-E-ERAS-SEJ#ERAS - B.O. 19/3/26) se adjudicó a la firma SISTEMAS COMPLEJOS DE SEGURIDAD S.A. la licitación pública para la prestación del servicio de seguridad, control y registro de acceso y circulación y vigilancia del edificio, de sus instalaciones y de los bienes muebles sitos en la Av. Callao N° 976/982 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde desarrollan sus actividades el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN.
Que, por su parte, el artículo 19° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado como Anexo I por la Resolución ERAS Nº 48 del 20 de noviembre de 2025 (RESFC-2025-48-E-ERAS-SEJ#ERAS - B.O. 26/11/25) establece que, a fin de mantener el equilibrio económico financiero de la contratación, el contratista podrá solicitar la redeterminación de los precios adjudicados, siendo de aplicación a tal efecto el procedimiento de redeterminación de precios conforme las disposiciones establecidas en el referido Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II de la Resolución ERAS Nº 2/25.
Que mediante nota recibida el 26 de agosto de 2026, la firma SISTEMAS COMPLEJOS DE SEGURIDAD S.A. solicitó, que se considere la redeterminación de los precios adjudicados en la citada licitación pública adjudicada por la Resolución ERAS N° 7/26,
Que, recibida la petición, la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS corroboró los aspectos formales de la misma, en orden a lo establecido en el artículo 23° del mentado Pliego de Bases y Condiciones Generales de este ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO.
Que el artículo 19° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares adjunto como Anexo I de la citada Resolución ERAS Nº 48/25 habilita al contratista a solicitar la redeterminación de los precios adjudicados, con base en la estructura de precios presentada por el mismo al momento de presentar su oferta; siendo de aplicación a tal efecto el “Procedimiento de Redeterminación de Precios” establecido en los artículos 13° a 26° del citado Pliego de Bases y Condiciones Generales y en particular lo establecido en los puntos 19.1 a 19.3 del referido Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado como Anexo I por la mencionada Resolución ERAS Nº 48/25.
Que, asimismo, la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS elaboró el informe donde dejó constancia del cumplimiento del servicio por parte del proveedor hasta la fecha de presentación de la mentada solicitud e indicó que se encuentra habilitado el procedimiento de redeterminación solicitado, determinando el porcentaje de variación de los valores adjudicados en el TRECE CON SETENTA Y DOS POR CIENTO (13,72 %) con vigencia a partir de septiembre de 2026.
Que, además, la citada unidad indicó que no existen sanciones o multas, ni retenciones a ser aplicables al proveedor por ninguna causa; procedió a determinar el monto de la garantía de contrato complementaria que deberá integrar el proveedor en la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.888.333,39) y se expidió sobre los aspectos económicos y presupuestarios implicados en la medida, señalando no tener observaciones que efectuar e indicando asimismo la existencia de disponibilidad financiera para afrontar la misma.
Que finalmente, la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS dejó constancia del cumplimiento de los requisitos legales exigidos por la normativa vigente y fijó la adecuación del precio del abono mensual a aplicarse a partir del mes de septiembre de 2026, en la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CON TRECE CENTAVOS ($ 22.359.566,13) IVA incluido; ascendiendo el monto total de la contratación a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 254.826.697,91) IVA incluido y se estableció el monto de la garantía de contrato complementaria que deberá integrar el proveedor en la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.888.333,39).
Que, en consecuencia, corresponde aprobar la redeterminación de precios solicitada por la firma SISTEMAS COMPLEJOS DE SEGURIDAD S.A., respecto de la licitación pública para la prestación del servicio de seguridad, control y registro de acceso y circulación y vigilancia del edificio, de sus instalaciones y de los bienes muebles sitos en la Av. Callao N° 976/982 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde desarrollan sus actividades el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN.
Que la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención que les compete.
Que el Directorio del Organismo se encuentra facultado para emitir el presente acto, conforme lo normado por el artículo 48°, incisos e) y l), del Marco Regulatorio aprobado como Anexo 2 de la Ley Nº 26.221 (t.o. Dto. N° 805/25).
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la redeterminación de precios solicitada por la firma SISTEMAS COMPLEJOS DE SEGURIDAD S.A., respecto de la licitación pública para la prestación del servicio de seguridad, control y registro de acceso y circulación y vigilancia del edificio, de sus instalaciones y de los bienes muebles sitos en la Av. Callao N° 976/982 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde desarrollan sus actividades el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA); adjudicada mediante el dictado de la Resolución ERAS N° 7/26, conforme al “Procedimiento de redeterminación de precios” establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO aprobado como Anexo II de la Resolución ERAS Nº 2/25, fijándose el precio del abono mensual, a partir del mes de septiembre de 2026, en la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CON TRECE CENTAVOS ($ 22.359.566,13) IVA incluido; ascendiendo el monto total de la contratación a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 254.826.697,91) IVA incluido.
ARTÍCULO 2°.- Intímase a la firma SISTEMAS COMPLEJOS DE SEGURIDAD S.A. a integrar en el plazo de CINCO (5) días hábiles una garantía de contrato complementaria de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.888.333,39), en cualquiera de las formas previstas en el artículo 29° del Reglamento de Contrataciones del ERAS aprobado por la Resolución ERAS N° 2/25 y su modificatoria la Resolución ERAS N° 37/25.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS a elaborar y suscribir con el contratista el Acta correspondiente conforme lo establecido en el artículo 26° del “Procedimiento de redeterminación de precios” establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II de la Resolución ERAS Nº 2/25.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese por la unidad SECRETARÍA EJECUTIVA.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese a la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN, tome intervención la unidad ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS a fin de proseguir con las tramitaciones correspondientes.
ARTÍCULO 6°.- Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese.
Leandro Luis Caruso - Walter Mendez - Marisa Ines Dasquez
e. 30/09/2026 N° 71531/26 v. 30/09/2026
Fecha de publicación 30/09/2026