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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 78/2026

RESOL-2026-78-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-91082478- -APN-DGDYD#JGM, las Leyes Nros. 19.549, 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92), el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 - T.O. 2017, los Decretos Nros. 977 de fecha 6 de julio de 1995 y su modificatorio y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 65 de fecha 16 de julio de 2026 y 70 de fecha 20 de agosto de 2026 ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549 establece que la competencia de los órganos administrativos será la que resulte, según los casos, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia, y que su ejercicio constituye una obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos que la delegación o sustitución estuvieren expresamente autorizadas.

Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 - T.O. 2017 prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de Entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior.

Que el artículo 14 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) dispone que los Ministros podrán delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivos Departamentos en los funcionarios que determinen conforme con la organización de cada área.

Que por el Decreto N° 581/26, modificatorio del Decreto N° 50/19, se sustituyó el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobado por el artículo 1° del referido Decreto N° 50/19.

Que por las Resoluciones Nros. 65/26 y 70/26 ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se efectuaron diversas delegaciones en las unidades organizativas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, posteriormente, por la Resolución N° 70/26 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se delegaron facultades en los titulares de otras unidades organizativas de esta jurisdicción y se sustituyó el punto 3 del Anexo I de la Resolución N° 65/26.

Que a los fines de garantizar los principios de juridicidad, celeridad, economía, sencillez, eficacia y eficiencia en los trámites del procedimiento administrativo, y atento los cambios recientes de la estructura de la Administración Pública Nacional centralizada, deviene oportuno y conveniente delegar ciertas atribuciones en los titulares de las distintas unidades organizativas de esta jurisdicción.

Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 14 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, y el artículo 14 del Decreto N° 977/95 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I aprobado por el artículo 1° de la Resolución N° 65/26 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el Anexo N° IF-2026-95023069-APN-SCLYA#JGM, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Déjanse sin efecto los artículos 3° y 4° de la Resolución N° 70/26 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el Anexo III aprobado por el artículo 3° de la Resolución N° 65/26 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el Anexo N° IF-2026-91276827-APN-SCLYA#JGM, que como Anexo II forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 4°.- Deléganse en el titular de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las facultades que se detallan en el Anexo III N° IF-2026-91272405-APN-SCLYA#JGM, que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Diego César Santilli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/10/2026 N° 71976/26 v. 01/10/2026

Fecha de publicación 01/10/2026