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7 de Octubre de 2026

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PERSONAL MILITAR

Decreto 1151/2026

DECTO-2026-1151-APN-PTE - Nómbrase en Misión Permanente Agregado Militar.

Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-31908700-APN-DGI#EA, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, el Decreto N° 528 del 1° de agosto de 2025, lo informado por los señores Jefes del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el ESTADO NACIONAL y las FUERZAS ARMADAS mantener las Agregadurías Militares en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Armadas de la región pertinente.

Que conforme lo establecido por el artículo 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá designar Agregados especializados en las áreas de Defensa, Cultura, Economía u otras, por iniciativa propia o a propuesta de los distintos Ministerios, con afectación a sus respectivos presupuestos.

Que, asimismo, la citada norma establece que este servicio de Agregados especializados dependerá del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, salvo en los asuntos específicos de su especialidad y función, en los que mantendrán dependencia directa con el Ministerio de origen, formarán parte de la misión diplomática en que actúen y estarán subordinados al Jefe de la misma, a quien deberán enterar de las instrucciones que reciban y de los informes que remitan a sus respectivos Ministerios.

Que, en tal sentido, el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Coronel de Comunicaciones Alejandro Oscar RATTI para que se desempeñe como Agregado Militar a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA.

Que por el Decreto N° 528/25 se nombró, entre otros, al Capitán de Navío Adolfo Rodrigo URETA como Agregado de Defensa, Militar y Naval a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA, con extensión ante la REPÚBLICA DE COREA, en consecuencia corresponde limitar dicho nombramiento como Agregado Militar y disponer que por el término restante de su misión se desempeñará como Agregado de Defensa, Naval y Aeronáutico en el citado destino.

Que la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES PARA LA DEFENSA y la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES, ambas del MINISTERIO DE DEFENSA, han tomado intervención en el marco de sus competencias.

Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes del EJÉRCITO ARGENTINO, del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 12 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en Misión Permanente al Coronel de Comunicaciones Alejandro Oscar RATTI (D.N.I. N° 22.033.545) para desempeñarse como Agregado Militar a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA, por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días a partir de su salida, que deberá producirse dentro de los SESENTA (60) días contados a partir del 4 de octubre de 2026.

ARTÍCULO 2º.- Limítase el nombramiento como Agregado Militar del Capitán de Navío Adolfo Rodrigo URETA (D.N.I. N° 23.867.010) efectuada mediante el Decreto N° 528 del 1° de agosto de 2025, quien por el término restante de su misión se desempeñará como Agregado de Defensa, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA, con extensión ante la REPÚBLICA DE COREA.

ARTÍCULO 3º.- El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO (Contaduría General del Ejército) procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2026 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos, Subjurisdicción 4521, ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

ARTÍCULO 5º.- Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se otorgará el pasaporte correspondiente.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - TG Carlos Alberto Presti - Pablo Quirno Magrane

e. 07/10/2026 N° 74222/26 v. 07/10/2026

Fecha de publicación 07/10/2026