UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN JUAN
El Consejo Superior de la Universidad Nacional de San Juan, mediante la Ordenanza Nº 18/2026 del 11 de agosto, estableció que las notificaciones, comunicaciones, requerimientos, intimaciones y demás novedades vinculadas a actuaciones o procedimientos tramitados en el ámbito de esta Casa de Altos Estudios, se efectuarán mediante correos electrónicos institucionales, considerándose válidos, oficiales y fehacientes. A tal efecto, se utilizará el correo electrónico personal declarado ante la Universidad, sin perjuicio de otros medios que esta disponga expresamente.
Asimismo, toda actuación iniciada por personas externas a la Universidad deberá consignar los datos de identificación y contacto de la persona a notificar: nombre y apellido, DNI, teléfono y correo electrónico. La falta de alguno de estos datos deberá ser subsanada, a requerimiento de la Mesa de Entrada y Salida correspondiente, como condición para dar inicio a la actuación.
Tadeo Alberto Berenguer, en representación de la Universidad Nacional.
e. 07/10/2026 N° 73103/26 v. 07/10/2026
Fecha de publicación 07/10/2026